Fecha de Publicación: 12/03/2009
Página: 1065-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

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 Los bienes muebles de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en la
presente resolución, se podrán computar como activos exentos por el
término de su vida útil. A los efectos del cómputo de los pasivos, los
citados bienes serán considerados activos gravados.
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