Fecha de Publicación: 29/12/2010
Página: 678-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

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 Comuníquese, publíquese, etc.
JOSE MUJICA, Presidente de la República; PEDRO BUONOMO.

Términos y condiciones de la Emisión

   Términos y condiciones de la Serie 3 de Obligaciones Negociables del
                           Programa de Emisión

Se detallan a continuación los términos y condiciones de la emisión de la
Serie 3 de las Obligaciones Negociables de UTE.

Emisor               Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
                     Eléctricas - UTE.
Instrumento          Obligaciones Negociables.
Tipo de Obligaciones
Negociables          Escriturales, no convertibles en acciones.
Moneda de las
Obligaciones
Negociables          Unidades Indexadas.
Denominaciones       Mínimo nominal de la Obligación Negociable será de
                     Unidades Indexadas 10.000 (Diez Mil).
Oferta               Las Obligaciones Negociables de la Serie 3 serán
                     ofrecidas mediante oferta pública en la Bolsa de
                     Valores de Montevideo ("BVM") y/o en la Bolsa
                     Electrónica de Valores S.A. ("BEVSK'). Esta oferta
                     será en Unidades Indexadas ("UI") por el equivalente
                     a US$ 54.000.000 (Dólares Estadounidense Cincuenta y
                     Cuatro millones), tomando para la determinación
                     del monto en UI de la emisión la cotización de la UI
                     y el tipo de cambio US$/UYU de cierre del Banco
                     Central del Uruguay (en adelante, "BCU") del día
                     anterior al período de suscripción.
Agencia Calificadora Fitch Uruguay Calificadora de Riesgo S.A.
Calificación         AA+
Monto Máximo de la
Emisión              Hasta el equivalente de US$ 54.000.000 (Dólares
                     Estadounidenses Cincuenta y Cuatro Millones) en UI.
                     Para determinar el monto en UI se tomará la
                     cotización de la UI y el tipo de cambio US$/UYU de
                     cierre del BCU del día anterior al período de
                     suscripción.
Destino de los fondos Para las inversiones previstas en este Prospecto
                     (Capítulo 1.3).
Plazo de repago de
las Obligaciones
Negociable           Hasta el 30 de setiembre de 2020.
Período de Gracia    Existirá un período de gracia para la amortización
                     de capital, período que se iniciará en la fecha de la
                     Emisión y finalizará el 30/09/2012, siendo la fecha
                     de la primera amortización de capital, el
                     30/03/2013; durante este período de gracia sólo se
                     pagarán Intereses.
Régimen de
Amortización         Semestral, los días 30/03 y 30/09 (cada uno,
                     "Fecha de Pago"), una vez finalizado el Período de
                     Gracia, mediante cuotas iguales y consecutivas de
                     capital.
Intereses            Las Obligaciones Negociables Serie 3 devengarán
                     intereses compensatorios a una tasa de interés fija
                     del XX % (XX por Ciento) lineal anual desde la Fecha
                     de Emisión hasta el 30 de setiembre de 2020, fecha de
                     su vencimiento.
                     El interés será calculado en base a un año de 360
                     (Trescientos Sesenta) días y meses de 30 (Treinta)
                     días sobre el capital no amortizado.
                     Durante el Período de Gracia se abonarán Intereses
                     semestralmente, salvo el primer período de pago de
                     Intereses que correrá a partir de la Fecha de Emisión
                     hasta el 30 de marzo de 2011. Por lo tanto, el primer
                     día de pago de Intereses será el 30 de marzo de 2011
                     y luego se seguirán pagando Intereses en forma
                     semestral, los días 30 de marzo y 30 de setiembre de
                     cada año, hasta el 30 de setiembre de 2020.
                     Finalizado el Período de Gracia (30/09/2012), los
                     Intereses se abonarán conjuntamente
                     con las Amortizaciones de capital en las Fechas de
                     Pago.
Interés Moratorio    2% por encima del interés compensatorio.
Moneda de Repago     Se cancelará en Pesos Uruguayos equivalentes a la
                     cantidad de Unidades Indexadas multiplicada por la
                     cotización de la misma a la Fecha de Pago.
Opción de rescate    En cualquier momento en caso que se modificara el
                     régimen actual tributario en perjuicio del Emisor, en
                     cuyo caso el precio de rescate será de 100% (cien por
                     ciento) del saldo del capital adeudado a la fecha de
                     que se trate. Para poder ejercer este derecho, el
                     Emisor deberá enviar una comunicación al Banco
                     Central del Uruguay con una anticipación mínima de
                     120 días corridos respecto del día de pago de
                     intereses de que se trate.
Ley y jurisdicción   República Oriental del Uruguay.
Inscripción en Bolsa Una vez aprobada la emisión por el BCU, las
                     Obligaciones Negociables se inscribirán en BVM y/o
                     BEVSA.
Período de
Suscripción          La emisión de Obligaciones Negociables Serie 3
                     en Unidades Indexadas por el equivalente a US$
                     54.000.000 (Dólares Estadounidense Cincuenta y Cuatro
                     Millones), monto máximo de la emisión (en adelante
                     "Monto Máximo de la Emisión") que se realizará a
                     través de la BVM y/o BEVSA, tendrá un período de
                     suscripción que comenzará el día XXX de 2010, a
                     partir de la hora 10.00 hasta las 11.00 horas del
                     mismo día, hora en la cual se cerrará el plazo para
                     la suscripción.
                     Las Obligaciones Negociables Serie 3 se adjudicarán a
                     los oferentes al cierre del período de suscripción,
                     mediante el sistema de licitación por oferta de
                     precio, adjudicándose a los mayores precios hasta
                     completar el Monto Máximo de la Emisión. La
                     adjudicación se desarrollará a través de BEVSA
                     reservándose el derecho el Emisor de no aceptar
                     suscripción alguna o de aceptar un monto de
                     suscripción que en total fuere inferior al Monto
                     Máximo de la Emisión de la Serie 3.
                     En caso que al cierre del período de suscripción,
                     hubiera ofertas por un monto superior al Monto Máximo
                     de la Emisión de la Serie 3 y el Emisor fuera a
                     aceptar el Monto Máximo de la Emisión, entonces éste
                     deberá obligarse a adjudicar el exceso de demanda al
                     precio de cierre a prorrata de las solicitudes
                     realizadas a dicho precio de cierre.
                     La integración del monto adjudicado, podrá realizarse
                     en Pesos Uruguayos por el equivalente a la cantidad
                     de unidades indexadas multiplicada por la cotización
                     de la misma a la fecha de emisión o en dólares
                     estadounidenses para lo cual se tomará el promedio
                     del tipo de cambio de cierre del BCU de los 5 días
                     hábiles anteriores a la fecha de la Suscripción, a
                     partir del primer Día Hábil siguiente a la fecha de
                     cierre del plazo de suscripción y hasta el segundo
                     Día Hábil posterior a la fecha de cierre de la
                     suscripción, hasta las 16 horas, fecha en la cual se
                     realizará la emisión.
Fecha de la Emisión  XX de XXX de 2010 (sujeto a la autorización del BCU).
Agente de Pago       Banco Santander S.A.
Entidad Registrante  Banco Santander S.A.
Agente Estructurador Banco Santander S.A.
Representante de los
Titulares de los
Valores              BEVSA.
Asesor Legal
del Agente
Estructurador        Jiménez de Aréchaga, Viana &
Brause.
Asesor Fiscal        CPA / Ferrere.
Asesor del Agente
Estructurador        PROcapital.

   Términos y condiciones de la Serie 4 de Obligaciones Negociables del
                           Programa de Emisión

Se detallan a continuación los términos y condiciones de la emisión de la
Serie 4 de las Obligaciones Negociables de UTE.

Emisor               Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
                     Eléctricas-UTE.
Instrumento          Obligaciones Negociables.
Tipo de Obligaciones
Negociables          Escriturales, no convertibles en acciones.
Moneda de las
Obligaciones
Negociables          Dólares Estadounidenses.
Denominaciones       Mínimo nominal del Título de Deuda será de Dólares
                     Estadounidenses 1.000 (Un Mil).
Oferta               Las Obligaciones Negociables de la Serie 4 serán
                     ofrecidas mediante oferta pública a través de dos
                     Agentes Colocadores: Banco Santander S.A y la Bolsa
                     de Valores de Montevideo. Esta oferta será por un
                     total de US$ 6.000.000 (Dólares Estadounidense Seis
                     millones), ofreciéndose la suma de US$ 3.000.000
                     (Dólares Estadounidenses Tres millones) por cada uno
                     de los Agentes Colocadores.
Agencia Calificadora Fitch Uruguay Calificadora de Riesgo S.A.
Calificación         AA+
Monto Máximo de la
Emisión              US$ 6.000.000 (Dólares Estadounidenses Seis
                     Millones).
Destino de los
fondos               Para las inversiones previstas en este Prospecto
                     (capítulo 1.3).
Plazo de repago de
las Obligaciones
Negociables          Hasta el 30 de setiembre de 2015.
Régimen de
Amortización         Esta serie no será amortizable, por lo que
                     repagará el capital al vencimiento.
Intereses            Las Obligaciones Negociables Serie 4 devengarán
                     intereses compensatorios a una tasa de interés fija
                     del XX% (XXX por Ciento) lineal anual desde la Fecha
                     de Emisión hasta el 30 de setiembre de 2015, fecha de
                     su vencimiento.
                     El interés será calculado en base a un año de 360
                     (Trescientos Sesenta) días y meses de 30 (Treinta)
                     días sobre el capital no amortizado.
                     El primer día de pago de Intereses será el 30 de
                     marzo de 2011 y luego se seguirán pagando Intereses
                     en forma semestral, los días 30 de marzo y 30 de
                     setiembre de cada año, hasta el 30 de setiembre de
                     2015.
Interés Moratorio    2% por encima del interés compensatorio.
Moneda de Repago     Se cancelará en Dólares Estadounidenses. Si en el
                     futuro existiera alguna restricción legal por la que
                     no se pudiera acceder a dicha moneda, se podrá
                     cancelar en la moneda local al tipo de cambio
                     interbancario comprador fondo que fije el Banco
                     Central del Uruguay al cierre del Día Hábil anterior
                     a la Fecha de Pago.
Opción de rescate    En cualquier momento en caso que se modificara el
                     régimen actual tributario en perjuicio del Emisor, en
                     cuyo caso el precio de rescate será de 100% (cien por
                     ciento) del saldo del capital adeudado a la fecha de
                     que se trate. Para poder ejercer este derecho, el
                     Emisor deberá enviar una comunicación al Banco
                     Central del Uruguay con una anticipación mínima de
                     120 días corridos respecto del día de pago de
                     intereses de que se trate.
Ley y jurisdicción   República Oriental del Uruguay.
Inscripción en Bolsa Una vez aprobada la Emisión por el BCU, las
                     Obligaciones Negociables se inscribirán en BVM y/o
                     BEVSA.
Período de
Suscripción          El período de suscripción comenzará el día XXX,
                     a partir de la hora XX hasta el día en que cada
                     colocador reciba ofertas por hasta el Monto Máximo
                     Emitido (USD 3 millones por cada Agente Colocador).
                     El período de suscripción no podrá ser mayor a 15
                     días hábiles. Por lo tanto, si no se hubiera colocado
                     el total del Monto con anterioridad, el período de
                     suscripción terminará el día X de XXX de 2010 a las
                     16 horas.
                     Para la adjudicación a los oferentes al cierre del
                     período de suscripción, se utilizará el método
                     cronológico, adjudicándose a un precio del 100% (Cien
                     por ciento) del valor nominal, hasta completar el
                     Monto Máximo de los USD 6 millones (Dólares
                     Estadounidense cinco millones).
                     En el evento que al finalizar el período de
                     suscripción alguno de los Agentes Colocadores no
                     alcance a suscribir la suma máxima individual
                     asignada para él de USD 3 millones, el otro Agente
                     Colocador deberá informar si mantiene ofertas por
                     monto superior a lo originalmente establecido para él
                     (USD 3 millones), en cuyo caso el Emisor le informará
                     el incremento adicional que podrá colocar, de forma
                     que el Monto Máximo total emitido por la Serie 4 sea
                     de USD 6 millones.
                     Los Agentes Colocadores podrán retener a los
                     oferentes los fondos correspondientes a la colocación
                     desde el momento de recepción de la oferta y hasta la
                     fecha de adjudicación de la misma. En el evento que
                     la oferta respectiva no sea adjudicada, los fondos
                     retenidos serán liberados.
Monto mínimo y máximo
por oferta           La oferta mínima de un solo oferente podrá ser de USD
                     10.000 (Diez mil dólares estadounidenses). Con
                     respecto a la oferta máxima de un mismo oferente,
                     durante los primeros 3 días del Período de
                     Suscripción, el monto máximo podrá ser de USD 50.000
                     (Cincuenta mil dólares estadounidenses). Luego de
                     este plazo no habrá monto máximo por oferente hasta
                     el vencimiento del Período de Suscripción.
Fecha de la Emisión  Será 3 días hábiles después de cerrado el período
                     de suscripción, según lo mencionado anteriormente.
Agentes Colocadores  Banco Santander S.A. y Bolsa de Valores de Montevideo
Representante de los
Titulares de los
Valores              BEVSA.
Agente de Pago       Banco Santander S.A.
Entidad Registrante  Banco Santander S.A.
Agente Estructurador Banco Santander S.A.
Asesor Legal del
Agente Estructurador Jiménez de Aréchaga, Viana & Brause.
Asesor Fiscal        CPA / Ferrere.
Asesor del Agente
Estructurador        PROcapital.
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