Autorízase a la empresa RONDILCOR S.A. a usufructuar las exoneraciones
previstas en el artículo 3º inciso f) del Decreto Nº 124/001, exoneración
del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados
al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un
monto imponible de U$S 497.877 (dólares americanos cuatrocientos noventa
y siete mil ochocientos setenta y siete).