Fecha de Publicación: 14/02/2001
Página: 858-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, 
de 20 de agosto de 1981.
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