A los efectos del control y seguimiento, la empresa Cooperativa
Agropecuaria Limitada de Productores Unidos (CALPU), deberá documentar
ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y durante los años 1
a 5 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en
valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio de toda otra
información que le sea requerida.