Fecha de Publicación: 09/03/2000
Página: 865-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

5

 A los efectos del control y seguimiento, la empresa EL TRIGAL S.A.
deberá documentar ante la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio
de Industria, Energía y Minería, anualmente y durante los años 0 a 10 de
la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes físicos y en valores
monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio de toda otra
información que le sea requerida.
Ayuda