Fecha de Publicación: 09/03/2000
Página: 865-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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 A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos
competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al
proyecto declarado promovido.
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