PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Resolución 205/012
Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 77/3.627 de 22 de febrero
de 2012, por la cual se habilitó a la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A. a
prestar servicios portuarios en el Grupo "A La Mercadería" en la categoría
que se determina.
(912*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 23 de Mayo de 2012
VISTO: la gestión promovida por la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A., ante
la Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.
RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A La Mercadería" en
las categorías: A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas
Estibadoras de Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en
los Puertos de Nueva Palmira y Paysandú.
II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.
III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 77/3.627 de 22 de febrero de 2012, procedió autorizar a
dicha empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo.
IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 77/3.627 de 22 de febrero de 2012, por la cual se autorizó la
habilitación a la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A., para prestar servicios
portuarios en el Grupo "A La Mercadería" en las categorías:
A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas Estibadoras de
Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas
Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en los Puertos
de Nueva Palmira y Paysandú, y posterior inscripción en el Registro
General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.
Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL
112265
R. Dir. 77 / 3.627
OT/mt
Ref: PUERTOS DEL LITORAL S.A. SOLICITA HABILITACIÓN Y POSTERIOR
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS
PORTUARIOS. AUTORIZAR.
Montevideo, 22 de febrero de 2012.
VISTO:
La solicitud presentada por la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A. para la
habilitación y posterior inscripción en el Registro General de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios, de acuerdo al Decreto 412/992 de
fecha 01/09/1992.
CONSIDERANDO:
Que la referida empresa operadora solicitó ser habilitada para prestar
servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías A) "Empresas
Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas Estibadoras de Carga General",
D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E) "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en los Puertos de Nueva
Palmira y Paysandú.
ATENTO:
A lo expuesto y a lo dispuesto en los Artículos 14° y 18° del Decreto
413/92 que aprueba el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios;
El Directorio en su Sesión 3.627, celebrada en el día de la fecha;
RESUELVE:
Autorizar la habilitación -supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo-
a la empresa PUERTOS DEL LITORAL S.A. a efectos de prestar servicios
portuarios y por consiguiente su inscripción en el Registro General de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, en las categorías fijadas en
el Artículo 12, del Decreto 413/992 del Grupo - "A la Mercadería"
categorías: A) "Empresas Estibadoras de Contenedores", B) "Empresas
Estibadoras de Carga General", D) "Empresas Estibadoras de Graneles" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en
los Puertos de Nueva Palmira y Paysandú.
Notificar a la firma PUERTOS DEL LITORAL S.A. la presente Resolución.
Cumplido, pase a la Unidad Reguladora de Trámites a los efectos de remitir
las presentes actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente, Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina, Administración
Nacional de Puertos.