Fecha de Publicación: 05/06/2012
Página: 29
Carilla: 29

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 210/012

Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 180/3.633, por la que se
autorizó a la empresa URUAMERICA S.A., para prestar servicios portuarios
en el grupo y categorías que se determinan, en los Puertos de Montevideo y
Fray Bentos.
(952*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                            Montevideo, 28 de Mayo de 2012

VISTO: la gestión promovida por la empresa URUAMERICA S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la prestación de servicios portuarios.

RESULTANDO: I) Que la misma se extiende para el Grupo "A La Mercadería" en
las categorías: D) "Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y E)
"Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en
los Puertos de Montevideo y Fray Bentos.

II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión.

III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de su
Directorio N° 180/3.633 de 7 de mayo de 2012, procedió autorizar a dicha
empresa la habilitación gestionada, supeditada a la aprobación del Poder
Ejecutivo.

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron al respecto no formulando objeciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 180/3.633 de 7 de mayo de 2012, por la cual se autorizó la
habilitación a la empresa URUAMERICA S.A., para prestar servicios
portuarios en el Grupo "A La Mercadería" en las categorías: D)
"Empresas Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras
de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería", en los Puertos de
Montevideo y Fray Bentos.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."


120362
R. Dir. 180/3.633
OT/ir

Ref:     EMPRESA URUAMERICA S.A. SOLICITA HABILITACIÓN E INSCRIPCIÓN
REGISTRO GENERAL EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PORTUARIO. AUTORIZAR.
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                                           Montevideo, 07 de mayo de 2012.

VISTO:

La solicitud de la Empresa URUAMERICA S.A. para la habilitación y
posterior inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios, de acuerdo al Decreto 412/1992 del 1/09/92.

RESULTANDO:

I.     Que la empresa operadora solicitó ser habilitada para prestar
servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías D) "Empresas
Estibadoras de Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería "en los Puertos de Montevideo y
Fray Bentos.

II.     Que ha cumplido con todos los exigidos por la normativa Vigente.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 14. y 18 del Decreto
413/992 que aprueba el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios, corresponde gestionar su habilitación,

ATENTO:

A lo expuesto.

El Directorio en su Sesión N° 3.633 celebrada en el día de la fecha;

                                RESUELVE:

Autorizar -supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo- la habilitación
de la Empresa URUAMERICA S.A. para prestar servicios portuarios y su
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, en las categorías fijadas en el Art. 12, del Dec. 413/992 del
Grupo - "A la Mercadería" categorías: D)" Empresas Estibadoras de
Productos Congelados" y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y
Conexos a la Mercadería "en los Puertos de Montevideo y Fray Bentos.

Remitir al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.

Cumplido, vuelto, cursar al Área Comercialización y Finanzas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente, Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina, Administración
Nacional de Puertos.


		
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