Fecha de Publicación: 04/01/2024
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

6

   Exhórtase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, a comunicar al Ministerio de Industria, Energía y Minería, en un plazo de 15 días hábiles desde que cuenta con la información, a vía de ejemplo, el trabajo realizado en el subperíodo exploratorio, los eventuales cambios del Programa Exploratorio Comprometido, el pasaje a subperíodo A o B, información relevante de los subcontratistas, la rescisión y resolución del contrato o la terminación anticipada del contrato durante el período de explotación, las minutas del Comité de Administración (agendas y convocatorias de las reuniones del Comité de Administración), si existiera una causa extraña no imputable y el retraso que pudiera ocasionar en los plazos del contrato, el plan anual de contratación de contenido local, entre otras.
Ayuda