Fecha de Publicación: 02/07/2012
Página: 16
Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

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 Previamente a que el Organismo que expropia apruebe la tasación de los
bienes inmuebles y disponga la prosecución de los procedimientos
correspondientes, deberá efectuarse la imputación preventiva, a efectos de
asegurar la disponibilidad de crédito para la expropiación de referencia.
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