Exonérase en forma total a la empresa CONATEL S.A. de recargos incluso el
mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas portuarias,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos
y, en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del equipamiento previsto en el proyecto, según listado
detallado en Anexo Nº 1, que se incorpora a la presente resolución (hoja
numerada E. J. 213.095).