Fecha de Publicación: 27/06/2011
Página: 684-A
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 278/011

Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos 166/3.588, de fecha 13 de abril de 2011.
(1.081*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                           Montevideo, 10 de Junio de 2011

VISTO: la gestión promovida por la empresa "Obrinel S.A." ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la habilitación para
prestar servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías C
"Empresas Estibadoras de Graneles" y E "Empresas Prestadoras de Servicios
Varios y Conexos a la Mercadería" y en el Grupo "Al Buque", categoría
"Amarre y Desamarre" en el Puerto de Montevideo y la consiguiente
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.

RESULTANDO: I) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de 1° de
setiembre de 1992 "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios";

II) Que la Administración Nacional de Puertos, luego de analizar la
documentación presentada por la mencionada empresa, por Resolución de
Directorio N° 166/3.588 de fecha 13 de abril de 2011, se pronunció
autorizando a dicha empresa su habilitación para la prestación de los
servicios solicitados, ad-referédum de su aprobación por el Poder
Ejecutivo;

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Letrada, informe N° 201/2011 de 25 de mayo de 2011) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas se expidieron al respecto sin
formular observaciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 del 8 de abril de 1992 y el
citado Decreto Reglamentario N° 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 166/3.588 de fecha 13 de abril de 2011, por la cual se autorizó
a la empresa "Obrinel S.A.", para prestar servicios portuarios en el Grupo
"A la Mercadería" en las categorías C "Empresas Estibadoras de Graneles" y
E "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y
en el Grupo "Al Buque", categoría "Amarre y Desamarre" en el Puerto de
Montevideo y la consiguiente inscripción en el Registro General de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."




102047
R. Dir. 166/3.588
OT/ss

Ref.: OBRINEL S.A.- SOLICITA HABILITACIÓN Y POSTERIOR INSCRIPCIÓN EN
      EL REGISTRO GENERAL DE EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PORTUARIOS.
      AUTORIZAR.-
--------------------------------------------------------------------------

                                          Montevideo, 13 de abril de 2011.

VISTO:
La solicitud de la empresa OBRINEL S.A. para la habilitación y posterior
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, de acuerdo al Decreto 412/992 del 1/09/92.

CONSIDERANDO:
I) Que la empresa operadora solicitó ser habilitada para prestar
servicios en el Grupo "A la Mercadería" en las categorías C) "Empresas
Estibadoras de Graneles", y E) "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y
Conexos a la Mercadería" y en el Grupo "Al Buque" categoría "Amarre y
Desamarre" en el Puerto de Montevideo.

II) Que lo dispuesto en los Artículos 14 y 18 del Decreto 413/92 que
aprueba el Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios.

ATENTO:
A lo expuesto.

El Directorio en su Sesión N° 3.588, celebrada en el día de la fecha;

                                RESUELVE:

     Autorizar la habilitación -supeditado a la aprobación del Poder
Ejecutivo- de la empresa OBRINEL S.A. a efectos de prestar servicios
portuarios y por consiguiente su inscripción en el Registro General de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, en las categorías fijadas en
el Artículo 12, del Decreto 413/992 del Grupo - "A la Mercadería"
categorías: C) "Empresas Estibadoras de Graneles", y E) "Empresas
Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" y en el Grupo
"Al Buque" categoría "Amarre y Desamarre" en el Puerto de Montevideo.

Pase a la Unidad Reguladora de Trámite a efectos de remitir al Ministerio
de Transporte y Obras Públicas las presentes actuaciones.
Sr. Juan José DOMÍNGUEZ DÍAZ, Vicepresidente en Ejercicio de la
Presidencia Administración Nacional de Puertos; Ing. Mecánico Osvaldo
TABACCHI, Gerente General Interino Administración Nacional de Puertos.


		
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