Fecha de Publicación: 03/06/1986
Página: 473-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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   A los efectos del control y seguimiento, la empresa Lanas Trinidad S.A.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos; sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.
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