Fecha de Publicación: 02/12/1991
Página: 626-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

   Resolución 326/991. -

   Autoriza licitación para Prospección en área de Reserva Minera XXI, Zona IV

   Ministerio de Industria, Energía y Minería

                                          Montevideo, 16 de mayo de 1991.

   Visto: las sustancias minerales descubiertas al amparo de la Reserva
Minera Nº XXI y la necesidad de proceder a licitar el derecho a solicitar
Permiso de Prospección en el área donde dichas sustancias se encuentran.

   Resultando: que en virtud del artículo 54 del Código de Minería esas
sustancias minerales están incluidas en la Clase II del artículo 7º.

   Considerando: que la DI.NA.MI.GE. es el Organismo competente para
proceder a licitar el derecho a solicitar Permiso de Prospección en la
zona IV del área de Reserva Minera Nº XXI y que es de interés que al
otorgarse el título minero por dicho Organismo, se regule por el Código de
Minería, Título III, Régimen de los Yacimientos de la Clase III, cesando
en esa área la Reserva Minera establecida.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología
y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería,

   El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

   Autorizase a la DI.NA.MI.GE. a licitar el derecho a solicitar el Título
Minero Permiso de Prospección en la zona IV del área de Rserva Minera Nº
XXI (plano adjunto).

2

   Apruébase el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido es el
siguiente:

   Pliego Particular para el llamado a Licitación Pública Nº ...... para el otorgamiento del derecho a solicitar un Permiso de Prospección  en la zona III del lArea de Reserva Minera Nº XXI

1. Objeto del Llamado

   El Poder Ejecutivo por intermedio de la DINAMIGE llama a licitación
a efectos de adjudicar el derecho a solicitar un Permiso de Prospección
sobre una zona que presenta mineralizaciones con contenidos de oro,
ubicada en la Tercera y Sexta Secciones Judiciales del departamento de
Lavalleja, definida por las coordenadas x=558,2 y=6234,6; x=562,4
y=6230,8; x=555,2, y=6220,8; x=550,2; y=6224,6.

2. Bases del Llamado

   El presente Pliego de Condiciones Particulares, el plano a escala
1:100.100 con la ubicación de la zona licitada y el estudio geológico
efectuado por DINAMIGE en el área de Reserva Minera Nº XXI, constituyen las bases para el presente llamado.

3. Propuestas

   3.1. Los oferentes deberán presentar sus propuestas en sobre cerrado,
dactilografiado, conteniendo una carta dirigida al Director Nacional de
Minería y Geología cuyo texto será ..................... constituyendo
domicilio en ......................................... de la ciudad de
Montevideo, se presenta a usted a efectos de solicitar se le tenga por
presentado al llamado a Licitación Pública Nº ........., para la
adjudicación del derecho a solicitar un Permiso de Prospección en la zona
III del área de Reserva Minera XXI. Por la presente el oferente declara
conocer y aceptar el Pliego de Condiciones Particulares del presente
llamado, fundamentalmnete en lo referente al Plan de Trabajo y al precio
ofertado.

   3.2. Cuando el oferente sea una persona física y actúe por intermedio
de representante o persona jurídica nacional o extranjera, deberá adjuntar
a la oferta certificado notarial en el que conste en forma inequívoca la
calidad en virtud de la cual se actúa y la constancia de constitución y
vigencia de la sociedad en su caso.

4. Plan de Trabajo

   A-Prospección geoquímica de suelos y rocas (muestreos orientativos) a lo largo de los ejes tectónicos principales de las direcciones oblicuos de
las estructuras y formaciones mineralizadas, relevando en forma
sistemática las zonas de alteración. Levantamiento geológico-estructural a escala 1:20.000.

   B-En las áreas de interés detectadas y delimitadas en la etapa
anterior se realizarán: levantamientos geológico-estructural con base
topográfica escala 1:10.000, visualizando sus relaciones regionales y
muestreo geoquímico sistemático de rocas y suelos.

   - relevamiento geológico-estructural de los filones, del entorno
(cajas) y de otras estructuras mineralizadas a escalas grandes (1:1.000-
1:5.000) con base topográfica.
   - muestreo geoquímico de los mismos a distancias de 50 metros.
   - geofísica, empleando los métodos más adecuados a las características
de las mineralizaciones localizadas.
   - Ejecución de laboreos mineros (trincheras, pozos, piques, etc.) y
sondeos verticales y/u oblicuos, que extiendan y confirmen el
reconocimiento de superficie en profundidad tanto de las estructuras como de los tenores de las mineralizaciones.
   D-Estudio minero: conducente a la elaboración del Proyecto de Minería.
Este estudio partirá de la información obtenida en el estudio geológico de los cuerpos mineralizados incluyendo localización y distancia a centros poblados, tipos de acceso, características topográficas, disponibilidad de energía, agua, mano de obra, etc.
   Antecedentes de explotaciones similares, procedimientos, equipos,
rendimientos y costos.

   5. Recepción de Ofertas

   El plazo para la receción de las ofertas será hasta una hora antes de
la apertura. El sobre correspondiente se entregará en la Secretaría de
DI.NA.MI.GE. siendo Imprescindible para su presentación.
   5.1 Que exhiba la constancia de haber constituido la Garantía de
Mantenimiento de Oferta por el monto expresado en el numeral 11), la que
deberá consistir en el depósito de Títulos de Deuda Pública Nacional o
Municipal, Obligaciones Hipotecarias Reajustables, pagaré a la orden de
DI.NA.MI.GE., fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza a cargo
del Banco de Seguros del Estado.

   5.2 Recibo de entrega del Pliego de Condiciones del llamado.

   6. Apertura

   La apertura de la Licitación se realizará el día .................... a
la hora ...... en primer llamado y el mismo día a la hora ...... en
segundo llamado, en la sede de DI.NA.MI.GE., Hervidero 2861.
   Para la apertura del primer llamado se requerirán al menos tres
propuestas y la del segundo llamado se realizará con las propuestas que se
hayan recibido.
   EL Acto de Apertura se realizará en presencia de Escribano Público
pudiendo estar presente a lo sumo un representante por empresa interviniente debidamente autorizado.

   7. Adjudicación y Orden de Prioridades

   Una vez finalizado el Acto de Apertura, se adjudicará el derecho a
solicitar el Permiso licitado al oferente que haya ofrecido el mayor
precio y aceptado el Plan de Trabajo propuesto por DI.NA.MI.GE.,
otorgándole una constancia por parte de la Dirección Nacional de Minería y
Geología que lo habilitará para realizar el pago del precio ofrecido por
el derecho a solicitar el Permiso de Prospección y gestionar el
correspondiente título minero.
   Se establecerá un orden de prioridades de acuerdo a oferentes ajustarse al Plan de Trabajo referido. Pasados precio ofrecido, siempre que se halla aceptado por los los 5 días a que hace referencia el numeral 8). o los 45 días, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 9), sin haberse dado cumplimiento a lo estipulado, se procederá a adjudicar el derecho a solicitar el Permiso de Prospección licitado al segundo oferente y así sucesivamente. No se efectuarán devoluciones de importes depositados en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta o precio pagado por adjudicatarios que no hayan cumplido con las condiciones reseñadas en 8) o 9) respectivamente.

   8. Formas de Pago

   El precio ofrecido por el derecho a solicitar el Permiso de Prospección
licitado será en Moneda Nacional, al contado y el pago será realizado
dentro de los cinco días hábiles a partir de la notificación de la
adjudicación correspondiente.

   9. Condiciones para el Otorgamiento del Permiso de Prospección.

   Dentro del plazo de 45 días contados a partir de la adjudicación, el
adjudicatario deberá cumplir con los requisitos para obtener un Permiso de
Prospección en la Clase III, con arreglo a las siguientes condiciones:

   Caución o Aval: Que asegure el resarcimiento de los daños y perjuicios
que deriven de la actividad minera, el que se fija en U.R. 2.250.

   Técnico: Deberá designar Técnico responsable de la actividad.   

   Servidumbre Minera: Deberá solicitar la que estime necesaria adjuntando
el plano de deslinde y los nombres y domicilios de los superficiarios.

   Programa de Operaciones: Se ajustará al indicado por DI.NA.MI.GE.

   Plan de Inversiones: Se ajustará al programa de operaciones.   

   10. Otorgamiento del Título Minero

   Dentro del plazo de 10 días a partir de la aprobación de los recaudos
citados, la Dirección Nacional de Minería y Geología concederá el Permiso
de Prospección por el plazo de dos años contados a partir de la fecha de
notificación, la que se realizará por Telegrama Colacionado con Aviso de
Retorno (TCCPC).
   El yacimiento pertenecerá a la Clase II hasta el momento del
otorgamiento del Titulo Minero. En dicho acto pasará a la Clase III.

   11. Garantía de Mantenimiento de Oferta

   Será Igual o mayor al 1 o|o del valor de la oferta. Se depositará en la
Tesorería de la DI.NA.MI.GE., de lunes a viernes, en el horario establecido para la Administración Pública.

   12. Devolución de Depósitos de Garantía

   Los depósitos por Garantía de Mantenimiento de Oferta serán devueltos a
los oferentes una vez que se haya otorgado el título minero "Permiso de
Prospección".

   13. Suspensión de Cómputo de Vigencia del Título Minero Permiso de Prospección

   Podrá solicitarse por el permisario en caso de probarse fehacientemente
dificultades en la obtención de la Servidumbre Minera.

   14. Cánones Mineros

   Por aplicación del art. 45 del Código de Minería, el titular deberá
abonar durante la vigencia del Permiso de Prospección canon de superficie
fijado para el mes de mayo en U.R. 0.62 cada 100 Há. o fracción para el plazo principal y U.R. 1.24 por cada 100 Há. o fracción para las prórrogas que se otorguen.
   Estos cánones deben ser pagados en la Tesorería de DI.NA.MI.GE., de
lunes a viernes, en el horario establecido para la Administración Pública.

3

   Al otórgarse al adjudicatario el Título Minero Permiso de Prospección
por DI.N.MI.GE., correspondiente a la zona III del área de la Reserva
Minera XXI licitada, el yacimiento pasará al Régimen de la Clase III
previsto en el Código de Minería.

4

   Declárase el cese parcial de la zona IV de la Reserva Minera XXI
establecida por decreto 377/88 del Poder Ejecutivo de fecha 19 de mayo de
1988 sobre el área de la zona de la referida Reserva licitada en la
presente, a partir del momento en que se otorgue al adjudicatario del
Título Minero referido por la DI.NA.MI.GE..

5

   Comuníquese, publíquese, etc. -

                      PLANO DE LOCALIZACION
                   Zona IV - Reserva Minera XXI
               Hoja 80 S.G.M. - Escala 1:100.000
              Coordenadas planas (Proyects. Gauss)

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 

REFERENCIAS
__________

A - x=588,2 y=6234,6

B - x=562,4 y=6230,8

C - x=555,2 y=6220,8

D - x=550,2 y=6224,6


AGUIRRE RAMIREZ. - AUGUSTO MONTESDEOCA.
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