Para acceder al adelanto los cuotapartistas deberán presentarse ante la
Tesorería General de la Nación del Ministerio de Economía y Finanzas y
acreditar:
a) el monto de su crédito, en constancia expedida por el administrador
del Fondo de Recuperación de Patrimonio Bancario respectivo;
b) el estado de salud del solicitante, la necesidad imprescindible del
tratamiento médico especifico requerido y el costo del tratamiento,
todo ello certificado por el Fondo Nacional de Recursos;
c) en cada caso, la Tesorería General de la Nación del Ministerio de
Economía y Finanzas definirá la suma a otorgar en función de los
extremos acreditados en la solicitud del cuotapartista, adecuándola de
acuerdo a las limitaciones dispuestas por los numerales 1º) y 3º) de
esta Resolución.