Fecha de Publicación: 27/03/2001
Página: 1165-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución 347/001

Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 
278/999, por la cual se autoriza provisoriamente a la empresa argentina 
TAXVAL S.A., para operar servicios de transporte aéreo no regular de 
pasajeros, correo y carga y/o mixto entre puntos del territorio de la 
República Oriental del Uruguay y la República Argentina.
(729*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                           Montevideo, 20 de marzo de 2001
                                                                          
VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual 
solicita sea aprobada la Resolución de la Dirección General de Aviación 
Civil 278/999 de fecha 17 de noviembre de 1999.-

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó a la empresa 
argentina TAXVAL S.A. con domicilio en el Aeropuerto Internacional de 
Carrasco para operar servicios de transporte aéreo público internacional 
no regular de pasajeros, correo y carga y/o mixto entre puntos del 
territorio de la República Oriental del Uruguay y la República 
Argentina.-

CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el Decreto 39/977 de fecha 25 de 
enero de 1977.-

II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo 
2do. de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de fecha 4 de 
junio de 1941.-

ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el 
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, a lo 
preceptuado por la Reglamentación de la Sección II del Capítulo II del 
Título IX del Código Aeronáutico aprobada por el Decreto 39/977 de 25 de 
enero de 1977 y a lo dispuesto por el Decreto 269/978 de 16 de mayo de 
1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil 
278/999 de fecha 17 de noviembre de 1999.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a 
sus efectos. Cumplido, archívese.-
BATLLE, LUIS BREZZO, ALBERTO BENSION, LUCIO CACERES.

                              
                         RESOLUCION Nº 278,99
                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL                    
                                                                          
                                                   Montevideo, 17 NOV 1999
                                                                          
VISTO: La solicitud de la empresa argentina TAXVAL para que se le 
autorice a operar servicios de transporte aéreo no regular internacional 
de pasajeros, correo, carga y/o mixto entre puntos del territorio de la 
República Oriental del Uruguay y de la República Argentina.

CONSIDERANDO: I) Que no existe objeción en acceder a lo solicitado 
teniendo presente lo acordado en la Reunión realizada entre las 
autoridades de las Repúblicas de Argentina y Oriental del Uruguay.

II) Que la peticionante ha dado cumplimiento en lo pertinente a los 
requisitos previstos por el artículo 14 del Decreto 39/77 de fecha 25 de 
enero de 1977, que se encuentra en trámite la instrucción del 
procedimiento y que se dan las circunstancias previstas en el artículo 2º 
del Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941.

ATENTO: A lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo 39/77 de 25 de 
enero de 1977 y a los informes que anteceden.

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL                   
                                                                          
                                RESUELVE:                                 
                                                                          
1.- AUTORIZASE provisoriamente en los términos del artículo 2º del 
Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de 4 de junio de 1941 a la empresa 
argentina TAXVAL S.A con domicilio en el Aeropuerto Internacional de 
Carrasco para operar servicios de transporte aéreo no regular de 
pasajeros, correo, carga y o mixto entre puntos del territorio de la 
República Oriental del Uruguay y la República Argentina.

2.- El servicio será cumplido con la aeronave Cessna, Modelo 650, 
matrícula LV-WHY, Nº de Serie 650-0231 o las que autorice la Dirección 
General de Aviación Civil, la que determinará las limitaciones operativas 
a que deberá ajustarse la autorizada.

3.- La presente autorización es precaria y revocable y no podrá ser 
objeto de cesión sin la previa autorización del Poder Ejecutivo.

4.- La autorizada deberá iniciar los servicios dentro de los sesenta (60) 
días de notificada la presente Resolución.

5.- Queda expresamente formulada la siguiente reserva:
De la transmisión de los mensajes clase "B" siempre que la Dirección 
General de Infraestructura Aeronáutica se encuentre en condiciones de 
prestar dicho servicio.

6.- La tarifa a percibir será la que oportunamente fuere autorizada por 
la Autoridad Aeronáutica.

7.- Con anterioridad a la iniciación de los servicios deberá acreditar 
ante esta Dirección General de Aviación Civil la posesión de los 
Certificados de Matrícula y Aeronavegabilidad de la aeronave a utilizar, 
así como las Licencias de su personal aeronáutico, el registro de la 
contratación y vigencia de los seguros obligatorios prescriptos por el 
Título XIV del Código Aeronáutico y estar en las condiciones establecidas 
en los Reglamentos de Aviación Civil (RACS) en lo que fuere pertinente.

8.- La empresa deberá dar cumplimiento a los artículos 193 y concordantes 
de la Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989.

9.- Notifíquese y tomen conocimiento las Direcciones Transporte Aéreo 
Comercial, Técnica, Registro Nacional de Aeronaves y Asesoría Letrada, 
Cumplido, elévese a sus efectos.
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL, CNEL. (NAV.) FELIX A. TORNONI.



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