Fecha de Publicación: 05/04/1978
Página: 27-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

8

A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos
precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo informe de
la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la pertinencia
de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado de
Interés Nacional.
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