Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-
BATLLE, LUIS BREZZO, ALBERTO BENSION, LUCIO CACERES.
RESOLUCION Nº 15/999
DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
E INFRAESTURA AERONAUTICA
Montevideo, 26 MAR. 1999
VISTO: La gestión promovida por la empres PLUNA S. A. para que se
autoricen tarifas promocionales de Orden de Gobierno, en clase Económica
e Intermedia, para las rutas entre Montevideo - Córdoba, Montevideo -
Rosario o viceversa, Punta del Este - Córdoba, Punta del Este - Rosario o
viceversa.
RESULTANDO: Que por razones de urgencia se justifica sea dictada la
presente de acuerdo con el artículo 2º de la reglamentación aprobada por
Decreto del Poder Ejecutivo 1124/41 del 4 de junio de 1941.
CONSIDERANDO: Que se han dado las condiciones de urgencia que habilita la
aplicación del Artículo 2º de la Reglamentación aprobada por el Decreto
del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de fecha 4 de junio de 1941.
ATENTO: A lo preceptuado por los Artículos 37, 38 y 39 del Decreto del
Poder Ejecutivo Nº 325/74 de fecha 26 de abril de 1974.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E
INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
RESUELVE:
1.- APRUEBASE en los términos del Artículo 2º de la Reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124/41 de fecha 4 de
junio de 1941, las tarifas promocionales de Orden de Gobierno que se
detallan a continuación:
TARIFA PROMOCIONAL DE ORDEN DE GOBIERNO
CLASE ECONOMICA
Entre Montevideo - Córdoba o viceversa, entre Punta del Este - Córdoba o
viceversa.
TARIFA DE IDA Y VUELTA (RT) YPR1M: USD 225.00
Entre Montevideo - Rosario viceversa, entre Punta del Este - Rosario o
viceversa.
TARIFA DE IDA Y VUELTA (RT) YPR1M: USD 170.00
CONDICIONES DE APLICACION
TARIFA PROMOCIONAL EN CLASE ECONOMICA
MONTEVIDEO/PUNTA DEL ESTE - ROSARIO/CORDOBA
1.- APLICACION
Tarifa promocional para viajes en servicios directos de ida y vuelta
y angulares sencillos en clase económica entre Montevideo/Punta del
Este y las ciudades de Rosario y Córdoba de Argentina y v.v..-
2.- TARIFAS
MVD - COR o viceversa (RT) YPR1M USD 225.-
MVD - ROS o viceversa (RT) YPR1M USD 170.-
3.- TARIFAS DE NIÑOS E INFANTES
Niños: 50% de la tarifa de adulto
Infantes: 10% de la tarifa de adulto
4.- PERIODOS DE APLICACION
Hasta el 14 de diciembre de 1999
Excepto:
Julio y Setiembre
5.- MINIMO DE ESTADIA
2 días. Contando a partir del día de la salida.
6.- MAXIMO DE ESTADIA
1 mes.
7.- PARADAS CON ESTANCIA
No permitidas.
8.- TRANSBORDO DE CONEXION
No permitidos.
9.- RUTAS
Enteramente realizadas en servicios directos
10.- CONSTRUCCIONES Y COMBINACIONES
Combinaciones de tarifas permitidas vía el punto de combinación
11.- PROMOCIONES Y VENTAS
Sin restricciones
12.- DEVOLUCION POR CANCELACION Y NO PRESENTACION
a) Devoluciones antes del inicio del viaje: Reintegro de la tarifa
abonada
b) Devoluciones después del inicio del viaje: Se reintegrará la
diferencia entre la tarifa abonada y la tarifa aplicable para el
segmento utilizado.
13.- CAMBIOS DE RESERVA Y DE RUTA
Permitidos
14.- DESCUENTO DE AGENTE
No permitido
15.- DESCUENTO DE GUIA DE GRUPO
Permitido
TARIFA PROMOCIONAL DE ORDEN DE GOBIERNO
CLASE INTERMEDIA
Entre Montevideo - Córdoba o viceversa, entre Punta del Este - Córdoba o
viceversa.
TARIFA DE IDA "DOW": USD 152.00
Entre Montevideo - Rosario viceversa, entre Punta del Este - Rosario o
viceversa.
TARIFA DE IDA "DOW": USD 110.00
CONDICIONES DE APLICACION
TARIFA PROMOCIONAL EN CLASE INTERMEDIA
MONTEVIDEO/PUNTA DEL ESTE - ROSARIO/CORDOBA
1.- APLICACION
Tarifa promocional para viajes en servicios directos de ida y vuelta
en clase intermedia, entre Montevideo/Punta del Este y las ciudades
de Rosario/Córdoba de Argentina o viceversa.
2.- TARIFAS
MVD - ROS o viceversa (IDA) "DOW" USD 110.-
MVD - COR o viceversa (IDA) "DOW" USD 152.-
3.- TARIFAS DE NIÑOS E INFANTES
Niños: 50% de la tarifa de adulto
Infantes: 10% de la tarifa de adulto
4.- PERIODOS DE APLICACION
Hasta el 14 de diciembre de 1999
Excepto:
Julio y Setiembre
2.- Las presentes tarifas y sus condiciones de aplicación regirán a
partir del cinco de abril de 1999.-
3.- Notifíquese, tomen conocimiento la Dirección Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada.
POR EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTURA AERONAUTICA,
CNEL. (NAV.) FELIX A. TORNONI.