Fecha de Publicación: 05/04/1978
Página: 30-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

10

A los efectos del control y seguimiento, la empresa Maderas Diano S.A.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 1 a 7 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los exportados, sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.
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