Fecha de Publicación: 20/06/2007
Página: 536-A
Carilla: 18

MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

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 Autorízase a la empresa ROMANLYR S.A. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3º inciso b. del Decreto Nº 175/003, exoneración del Impuesto al Valor Agregado y de la contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, a las importaciones de bienes destinados a las construcciones (Infraestructura y Obra Civil), cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S 83.000 (dólares americanos ochenta y tres mil).
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