Fecha de Publicación: 04/06/1999
Página: 485-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

2

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE - LUIS MOSCA - LUCIO CACERES


                           RESOLUCION Nº 220/998
                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                          Montevideo, 21 de agosto de 1998

VISTO: La solicitud de la firma PRONDIL S.A. para que se le conceda
prórroga de la tarifa promocional Nº 6003 (productos químicos,
farmacéuticos, o medicinales excluyendo cosméticos, artículos de toilette
y perfumes) a la ciudad de Asunción República del Paraguay.

RESULTANDO: Que las tarifas propuestas tienden a adecuar los servicios
ofrecidos a las actuales necesidades del mercado que sirven.

CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas debe constituir un
hecho inmediato para lograr los fines que se propone, lo que justifica
sea dictada de acuerdo con las previsiones del artículo 2º de la
reglamentación aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124 de
fecha 4 de junio de 1941.

ATENTO: A lo informado por la División Transporte Aéreo Comercial y la
Asesoría Letrada.

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                RESUELVE:

1.- APRUEBASE en los términos del artículo 2º de la reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 1124 de fecha 4 de junio
de 1941, el flete que se detalla a continuación:
TARIFA 6003: de Montevideo (Uruguay) a Asunción (Paraguay)
DESCRIPCION: Productos químicos, farmacéuticos o medicinales, excluyendo
cosméticos, articulos de toilette y perfumes.
CARGA MAXIMA 300 Kilos U$S 0.41 por kilogramo.
VALIDEZ: 180 días.

2.- Notifiquese, tome conocimiento la División Transporte Aéreo y vuelva
a la Asesoría Letrada.
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL CNEL. (Nav.) FELIX TORNONI
Ayuda