PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Otórgase la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, a las siguientes prestaciones de servicios, realizadas directamente por el organizador, siempre que el adquirente sea una entidad del exterior: 1) Matrícula de inscripción al evento. 2) Espacios publicitarios contratados por auspiciantes.Ayuda