Fecha de Publicación: 29/03/1979
Página: 824-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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     A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuesto precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes
la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.
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