Exonérase en forma total a la empresa Isidoro Dachs S.A. de
recargos incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, proventos y tasas
portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización
de Bultos y, en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en
ocasión de la importación del equipamiento previsto en el proyecto, según
listado detallado en el Anexo Nº 1, que se incorpora a la presente
resolución (hoja numerada E. j. 200.424).