Fecha de Publicación: 19/09/2012
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 447/012

Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 177/3.633, por la que se
revocó el permiso de ocupación de un área en el Puerto Logístico Puntas de
Sayago.
(1.686*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                       Montevideo, 12 de Setiembre de 2012

VISTO: estos antecedentes relacionados con la revocación del permiso de
ocupación de un área aproximada de 15.000 m² en Puntas de Sayago, a fin de
prestar servicios de almacenaje de mercaderías, otorgado a la firma
BADILUZ S.A..

RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo por Resolución de 26 de agosto de
2010, aprobó las Resoluciones de Directorio de la Administración Nacional
de Puertos N°s. 673/3.511 de 20 de octubre de 2009 y 761/3.514
(modificativa) de 22 de diciembre de 2009, por las que se otorgó a la
citada empresa el permiso original de ocupación de dicha zona.

II) Que por razones de interés público de la Administración de desarrollar
la zona logística de Puntas de Sayago con la necesaria inversión de
infraestructura para dar lugar a la demanda de servicios de valor agregado
que revalorizarán esas área, la Administración Nacional de Puertos por
Resolución de Directorio N° 177/3.633 de 7 de mayo de 2012, procedió a
revocar el permiso de ocupación de que se trata, supeditado a la
aprobación del Poder Ejecutivo.

III) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo), la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, así como el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central
- Carpeta N° 226.738), se expidieron sin formular objeciones al respecto.

CONSIDERANDO: que el articulo 50 del Decreto N° 412/992 de 1° de setiembre
de 1992, faculta a la Administración Nacional de Puertos, a revocar el
permiso en cualquier momento, por razones de interés público y sin derecho
a indemnización alguna en virtud de su carácter precario de su
otorgamiento.

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y
artículo 50 del Decreto Reglamentario N° 412/992 de 1° de setiembre de
1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 177/3.633 de 7 de mayo de 2012, por la cual se procedió a
revocar el permiso de ocupación de un área aproximada de 15000 m² en
Puntas de Sayago, a fin de prestar servicios de almacenaje de mercaderías,
oportunamente otorgado a la firma BADILUZ S.A..

2

 Comuníquese y vuelva a citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
                                           DEPARTAMENTO SECRETARÍA GENERAL

111575
R. Dir. 177 / 3.633
OT/ir

Ref: LICITACIÓN PÚBLICA I/12 CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE 7 ÁREAS EN
     PUERTO LOGÍSTICO PUNTAS DE SAYAGO. BADILUZ S.A. REVOCAR PERMISO DE
     OCUPACIÓN.
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                                            Montevideo, 7 de mayo de 2012.
VISTO:

La Licitación Pública I/12 para la Concesión de la Explotación de 7 Áreas
en Puerto Logístico Puntas de Sayago, la cual se encuentra en proceso de
comienzo de ejecución.

RESULTANDO:

I.   Que el área correspondiente al permiso otorgado por Resolución de
     Directorio N° 673/3.511 de fecha 20/10/2009 y Resolución de
     Directorio N° 761/3.514 (modificación) de fecha 22/12/2009 a la firma
     Badiluz S.A están comprendidas en el Área correspondiente a la
     Licitación Pública  I/12 actualmente en trámite.

II.  Que el Decreto del Poder Ejecutivo N° 412/912 establece en su
     Artículo N° 50 la facultad de la ANP de revocar el permiso en
     cualquier momento, por razones de interés público y sin derecho a
     indemnización alguna en virtud de su carácter precario de su
     otorgamiento.

III. Que el proceso de referencia fue otorgado con fecha 22/12/2009 y
     que a la fecha aún no se ha depositado la garantía, ni realizado la
     entrega efectiva del predio ni la habilitación aduanera del mismo.

IV.  Que en consecuencia, hasta la fecha la permisaria no ha hecho
     efectivo uso del permiso y existe la posibilidad de depósito de
     mercadería bajo régimen de almacenaje con tarifas especiales de USD
     1,20 (Resolución de Directorio 454/3.608)

CONSIDERANDO:

El interés público de la Administración de desarrollar la zona Logística
de Puntas de Sayago con la necesaria inversión de infraestructura para dar
lugar a la demanda de servicios de valor agregado, que revalorizarán esas
áreas.

ATENTO:

A lo expuesto y lo dispuesto en el Decreto del Poder Ejecutivo 412/992.

El Directorio en su Sesión N° 3.633 celebrada en el día de la fecha;

                                RESUELVE:

     Revocar - supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo y previa
     intervención del Tribunal de Cuentas - el permiso de ocupación a la
     firma BADILUZ S.A. del Área aproximada de 15.000 m2 que incluye un
     Depósito en el Puerto Puntas de Sayago y que fuera otorgado por la
     Resolución de Directorio N° 673/3.511 de fecha 20/10/2009 y
     modificado por Resolución de Directorio N° 761/3.514 de fecha
     22/12/2009.

Notificar a la firma BADILUZ S.A. de la presente Resolución

Librar nota a la Dirección Nacional de Aduanas dando cuenta de la presente
Resolución.

Remitir las presentes actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y al Tribunal de Cuentas con agregación de todos los antecedentes
donde fueron dispuestas las Resoluciones de Directorio 673/3.511 de fecha
20/10/2009 y 761/3.514 de fecha 22/12/2009.

Cumplido, cursar a la Gerencia General.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina Administración
Nacional de Puertos.


		
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