Deléganse las atribuciones de ordenador primario del Poder Ejecutivo con el límite de 10 veces el máximo de las licitaciones abreviadas comunes en:
a) los Comandates en Jefe del Ejército Nacional, la Armada Nacional y la
Fuerza Aérea Uruguaya:
b) el Consejo Directivo del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión
y Espectáculos del Ministerio de Educación y Cultura;
c) el Director Nacional de Comercio y Abastecimiento del Ministerio de
Economía y Finanzas;