El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo
9º del decreto ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de
capital social de la empresa "Sevel Uruguay S.A." hasta un monto en
moneda nacional equivalente a U$S 559.400 y siempre que se realicen
dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente resolución, todo
de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979, del
19 de noviembre de 1979.