Fecha de Publicación: 03/10/2012
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución 469/012

Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 397/3.649, por la que se
amplió la habilitación de la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE
COMBUSTIBLES S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo,
Categoría y Puertos que se determinan.
(1.749*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

                                       Montevideo, 25 de Setiembre de 2012

VISTO: la gestión promovida por la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE
COMBUSTIBLES S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando
la autorización correspondiente para la ampliación de la habilitación para
prestar servicios portuarios.

RESULTANDO: I) Que dicha operadora fue habilitada por Resolución de
Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 313/3.494 de 26 de
mayo de 2009, para prestar servicios en el Grupo "Al Buque" en la
categoría "Suministro de Combustibles de Uso Marino" en el Puerto de
Montevideo, aprobada por Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de agosto de
2009.

II) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la ampliación de la habilitación en
cuestión.

III) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de
Directorio N° 397/3.649 de 14 de agosto de 2012, procedió a ampliar la
habilitación de que se trata, para la prestación de servicios en los
Puertos de Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto y
Paysandú, ad-referendum de su aprobación por el Poder Ejecutivo.

IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, se expidieron no formulando objeciones al respecto.

CONSIDERANDO: que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto N° 413/992 de 1° de
setiembre de 1992, que aprueba el "Reglamento de Habilitación de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios".

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y los
Decretos Reglamentarios N°s. 412/992 y 413/992 de 1° de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 397/3.649 de 14 de agosto de 2012, por la cual se procedió a la
ampliación de la habilitación a la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE
COMBUSTIBLES S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al
Buque" en la categoría "Suministro de Combustibles de Uso Marino", en los
Puertos de Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto y
Paysandú.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO.

"Ver información en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica
del mismo".

DEPARTAMENTO SECRETARIA GENERAL

121096
R. Dir. 397/3.649
OT/mt

Ref: DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. SOLICITA AMPLIACIÓN
     DE SU HABILITACIÓN PARA PRESTAR SERVICIOS EN EL GRUPO "AL BUQUE" EN
     LA CATEGORÍA: "SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE DE USO MARINO" EN LOS
     PUERTOS DE COLONIA, NUEVA PALMIRA, JUAN LACAZE, FRAY BENTOS, SALTO Y
     PAYSANDÚ. AMPLIAR.
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                                          Montevideo 14 de agosto de 2012.

VISTO:

La solicitud presentada por la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE
COMBUSTIBLES S.A. para operar en los puertos de Colonia, Nueva Palmira,
Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto y Paysandú en la categoría ya habilitada.

CONSIDERANDO:

Que la referida empresa operadora fue habilitada por Resolución del Poder
Ejecutivo N° 725/009 en el Grupo "Al Buque" en la categoría: "Suministro
de Combustible de Uso Marino".

ATENTO:

A lo expuesto y dispuesto Artículos 14° y 18° del Decreto N° 413/92 de
fecha 01/9/1992, que aprueba el reglamento de habilitación de empresas
prestadores de servicios portuarios

El Directorio en su sesión 3.649, celebrada en el día de la fecha,

                                RESUELVE:

      Ampliar la habilitación de la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE
      COMBUSTIBLES S.A. (N° Registro 76513) -supeditado a la aprobación
      del Poder Ejecutivo - para la prestación de servicios en los Puertos
      de Colonia, Nueva Palmira, Juan Lacaze, Fray Bentos, Salto y
      Paysandú en la categoría referidas en el Resultando I ya habilitada
      y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas
      Prestadoras de Servicios Portuarios.

Notificar a la empresa DISTRIBUIDORA URUGUAYA DE COMBUSTIBLES S.A. la
presente Resolución.

Cumplido, pase a la Unidad Reguladora de Trámites a los efectos de remitir
las presentes actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ing. Naval Alberto DÍAZ ACOSTA, Presidente Administración Nacional de
Puertos; Dra. Liliana PEIRANO, Secretaria General Interina Administración
Nacional de Puertos.


		
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