Fecha de Publicación: 15/04/2021
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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   No será de aplicación a los trabajadores comprendidos en la presente Resolución, la causal de cese del derecho a percibir el subsidio por desempleo, dispuesta por el literal A) del artículo 8° del Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, y modificativas.
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