Fecha de Publicación: 04/05/1978
Página: 245-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

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Exonérase en forma total a la empresa Fábrica Uruguaya de Cristales y
Anexos S.A. de recargos incluso el mínimo, derechos y tasas consulares,
proventos y tasas portuarias, Impuesto Aduanero Unico a la Importación,
Tasa de Movilización de Bultos y, en general, todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del equipamiento previsto en el
proyecto. (Anexo Nº 1).
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