Fecha de Publicación: 16/08/2013
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Resolución 487/013

Asígnanse los cometidos de los órganos que integran el Sistema de Gestión
de Seguridad de la Información de Presidencia de la República.
(1.432*R)

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

                                          Montevideo, 12 de Agosto de 2013

VISTO: lo dispuesto en la Resolución de Presidencia de la República N°
604/012 de fecha 4 de diciembre de 2012;

RESULTANDO: I) que en la referida Resolución, se adoptó la Política de
Seguridad de la Información de Presidencia de la República, en base a lo
dispuesto en la "Política de Seguridad de la Información para Organismos
de la Administración Pública", establecida en el Decreto del Poder
Ejecutivo N° 452/009 de 28 de setiembre de 2009;

II) que, asimismo, a través de la mencionada Resolución, se designó al
Director del Área de Seguridad de la Información de AGESIC como el
Responsable de Seguridad de la Información de Presidencia de la República,
así como se encomendó a sus Unidades Ejecutoras la designación de los
respectivos Responsables de Seguridad de la Información;

III) que, a su vez, se designó como integrantes del Comité de Seguridad de
la Información de Presidencia de la República, a los Directores de las
referidas Unidades Ejecutoras, debiendo éstos designar a sus alternos;

CONSIDERANDO: que en cumplimiento de lo preceptuado en la mencionada
Resolución, y a efectos de poder implantar el Sistema de Gestión de
Seguridad de la Informacion de Presidencia de la República, resulta
necesario establecer los cometidos de los diferentes órganos que lo
integran;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto en el artículo 55
de la Ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006, en la redacción dada por el
artículo 118 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007, en la Ley N°
18.331 de 11 de agosto de 2008, en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de
2008 y a lo dispuesto en el Decreto N° 452/009 de 28 de setiembre de 2009;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Asignar como cometidos de los órganos que integran el Sistema de Gestión
de Seguridad de la Información de Presidencia de la República los que
figuran en el ANEXO que forma parte de la presente Resolución.

2

 Comuníquese, notifíquese, etc.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República.

                                    ANEXO
Cometidos de los órganos de Presidencia de la República que integran el
            Sistema de Gestión de Seguridad de la Información

1.- Comité de Seguridad de la Información de Presidencia de la República:

Sus cometidos son:

- Promover, difundir y apoyar la seguridad de la información en el Inciso,
garantizando que la misma sea parte del proceso de planificación de sus
Unidades Ejecutoras.

- Definir las estrategias de seguridad de la información transversales al
Inciso.

- Aprobar los planes, políticas y todo aquello que incremente y mejore la
seguridad de la información del Inciso.

- Establecer y aprobar sus Pautas de Funcionamiento.

- Dar cuenta al Secretario de la Presidencia de la República, Unidad
Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes",
respecto a la no aprobación y/o no cumplimiento de las decisiones
adoptadas por el referido Comité.

2.- Responsable de Seguridad de la Información de Presidencia de la
República: Sus cometidos son:

- Asesorar al Comité de Seguridad de la Información de Presidencia de la
República en la toma de decisiones orientadas a fortalecer la seguridad de
la información en el Inciso.

- Coordinar la planificación, implantación y control del Sistema de
Gestión de Seguridad de la Información en Presidencia de la República.

- Coordinar con los Responsables de Seguridad de la Información de las
Unidades Ejecutoras de Presidencia de la República, las actividades
requeridas para llevar adelante los lineamientos establecidos por el
referido Comité, así como cualquier otra actividad que se considere
necesaria para preservar la seguridad de la información en el Inciso.


		
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