Fecha de Publicación: 15/11/1991
Página: 434-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional en
la presente resolución, se considerarán activos exentos a los efectos de
la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a
partir del ejercicio 1°/2/89 - 31/1/90 inclusive.
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