PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 532/016
Autorízase a ANCAP a contratar directamente con la firma TGS-NOPEC Geophysical Company ASA, para la realización de un "Contrato para la ejecución, mercadeo y participación en los ingresos de un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios de la República Oriental del Uruguay", en la modalidad de contrato multi - cliente no exclusivo. .
(1.485*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 22 de Agosto de 2016
VISTO: La gestión realizada por la Administración Nacional de Combustibles Alcoholes y Portland (ANCAP), en la que solicita la autorización para la contratación directa con la firma noruega TGS-NOPEC Geophysical Company ASA (TGS), para la realización de un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos exploratorios de la República Oriental del Uruguay, bajo la modalidad de contrato multi - cliente;
RESULTANDO: I) que la empresa TGS manifestó a ANCAP su interés de realizar un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios de la República Oriental del Uruguay bajo la modalidad multi - cliente;
II) que TGS formalizó una propuesta a ANCAP para la firma de un "Contrato para la ejecución, mercadeo y participación en los ingresos de un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios de la República Oriental del Uruguay entre ANCAP y TGS";
III) que conforme a lo dispuesto en los decretos leyes N° 14.181 de 29 de marzo de 1974 y 15.242 de 8 de enero de 1982, en la redacción dada por la ley N° 18.813 de 23 de setiembre de 2011, compete al Poder Ejecutivo la definición de la política relativa a fuentes de energía y especialmente a la exploración de hidrocarburos;
IV) que según la normativa citada, la ANCAP es el ente competente para ejecutar las actividades, negocios y operaciones de la industria de hidrocarburos, no obstante lo cual le compete al Poder Ejecutivo el otorgamiento de la autorización para una contratación directa en esta materia;
V) que por Resolución de Poder Ejecutivo de fecha 13 de enero de 2015 se autorizó a ANCAP a contratar a la misma empresa para la realización de un Contrato para la ejecución, mercadeo y participación en los ingresos de un programa para adquisición y procesamiento de datos sísmicos 2D en el offshore de Uruguay, también en modalidad multi - cliente;
CONSIDERANDO: I) que se entiende conveniente la suscripción de un contrato multi - cliente con TGS para la ejecución, mercadeo y participación en los ingresos de un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios de la República Oriental del Uruguay, por cuanto: a) la empresa TGS es líder en la industria petrolera en el negocio multi - cliente de adquisición, procesamiento y mercadeo de datos sísmicos y datos de pozos, ofreciendo productos de reconocida calidad por la industria petrolera, lo que garantiza la calidad técnica de los resultados obtenidos; b) la utilización de esta modalidad contractual representa ingresos netos para ANCAP desde la venta de la primera licencia; c) este Programa permitirá controlar y mejorar la calidad de la información de pozos existente, llevándola a un formato estándar más adecuado para que la industria pueda evaluar el potencial hidrocarburífero de Uruguay, tanto del onshore como offshore;
II) que TGS asume todos los costos y riesgos del Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos exploratorios, por lo que la presente contratación propuesta no implica gastos;
III) que TGS tiene el derecho no exclusivo de realizar el Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios y tendrá el derecho exclusivo de comercializar la información durante 10 años.
ATENTO: a lo dispuesto en el art. 5 del Decreto-Ley N° 14.181 de 29 de marzo de 1974, y en los artículos 66 y siguientes del Código de Minería (Decreto-Ley N° 15.242 de 8 de enero de 1982 y sus modificativas).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland (ANCAP) a contratar directamente con la firma TGS-NOPEC Geophysical Company ASA, para la realización de un "Contrato para la ejecución, mercadeo y participación en los ingresos de un Programa de Edición de Datos Digitales de Registros de Pozos Exploratorios de la República Oriental del Uruguay", en mutli - cliente no exclusivo.
Firmantes: GIMENEZ BRUN ROSARIO DEL CARMEN, LOGALDO PONCET OLGA CELIA JEFE CONTRATOS Y ESCRIBANIA, BIANCHI FERNANDEZ LEONARDO JORGE GERENTE SERVICIOS JURIDICOS