Fecha de Publicación: 29/07/1999
Página: 170-A
Carilla: 38

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución  547/999

Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil
271/998, por la cual se aprobaron las tarifas Montevideo-Salto,
Salto-Montevideo e ida y vuelta y Salto-Buenos Aires, Buenos Aires-Salto
e ida y vuelta.
(1.339)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                           Montevideo, 20 de julio de 1999

VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita sea aprobada la Resolución de la Dirección General de Aviación
Civil 271/998 de fecha 21 de octubre de 1998.-

RESULTANDO: que por la precitada Resolución se aprobaron las tarifas
Montevideo - Salto, Salto - Montevideo e ida y vuelta y Salto - Buenos
Aires, Buenos Aires - Salto e ida y vuelta.-

CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 37 del Decreto 325/974 de
fecha 26 de abril de 1974.-

II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con el artículo
2do. de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124/941 de fecha 4 de
junio de 1941.-

ATENTO: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica, a lo
preceptuado por la Reglamentación de la Sección II del Capítulo II del
Título IX del Código Aeronáutico aprobado por el Decreto 39/977 de 25 de
enero de 1977 y a lo dispuesto por el Decreto 269/978 de 16 de mayo de
1978.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de la Dirección General de Aviación Civil
271/998 de fecha 21 de octubre de 1998.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.

                           RESOLUCION Nº 271.98
                   DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                         Montevideo, 21 de octubre de 1998

VISTO: La solicitud de la empresa TRANSAMERICA de que sean aprobadas las
tarifas aéreas en las rutas Salto-Paysandú-Buenos Aires y viceversa.

RESULTANDO: Que las tarifas propuestas se adecuan a los costos
operacionales en la ruta.

CONSIDERANDO: Que la puesta en vigencia de las tarifas debe constituir un
hecho inmediato para lograr los fines que se propone, lo que justifica
sea dictada de acuerdo con las previsiones del artículo 2º de la
reglamentación aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo 1124 de fecha
4 de junio de 1941.

ATENTO: A lo informado por la Dirección Transporte Aéreo Comercial y
Asesoría Letrada.

                  EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

                                RESUELVE:

1.- APRUEBASE en los términos del artículo 2º de la reglamentación
aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1124 de fecha 4 de junio
de 1941, las siguientes tarifas:

    Montevideo-Salto        U$S     45.00
    Salto-Montevideo        U$S     45.00
    Ida y vuelta            U$S     90.00
    Salto-Buenos Aires      U$S     73.00
    Buenos Aires-Salto      U$S     73.00
    Ida y vuelta            U$S    146.00

2.- Notifíquese y tome conocimiento la Dirección Transporte Aéreo
Comercial y vuelva a la Asesoría Letrada.- EL DIRECTOR GENERAL DE
AVIACION CIVIL, CNEL. (NAV.) FELIX A. TORNONI

SANGUINETTI, JUAN LUIS STORACE, LUIS MOSCA, LUCIO CACERES.


Recibido por D. O. el 26 de Julio de 1999
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