Fecha de Publicación: 02/02/1989
Página: 147-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Resolución 555/988

Se autoriza a ceder a determinadas personas sus cuotas en la titularidad de CW 43 Radio Lavalleja de la ciudad de Minas.

Ministerio de Defensa Nacional.

                                  Montevideo, 8 de noviembre de 1988.

   Visto: las presentes actuaciones en las cuales las señoras Nélida
Elina Volante Ferreira y Lidara Esther Volante Ferreira solicitan 
autorización para modificar la titularidad de CW 43 Radio Lavalleja en la 
ciudad de Minas, (departamento de Lavalleja), cediendo sus cuotas partes 
al señor Juan José Volante Moreira.

   Resultando: I) Que por resolución 322/977 de fecha 8 de marzo de 1977,
el Poder ejecutivo autorizó a las señoras Nélida Elina Volante Ferreira,
Lidara Esther Volante Ferreira, Elda Volante Ferreira y al señor Ernesto
Volante Ferreira el usufructo de la frecuencia de 1.420 Khz (CW 43) en el
departamento de Lavalleja;

   II) Que el señor Juan José Volante es cotitular de la frecuencia de 
103,7 Mhz en la que opera la emisora CX 297 FM en la ciudad de Minas,
(departamento de Lavalleja), habiendo demostrado poseer las condiciones
establecidas en el decreto 734/978 del 20 de diciembre de 1978.

   Considerando: lo dispuesto en el artículo 1.o del decreto ley 14.670
de 23 de junio de 1977, como así también lo expresado en el artículo 
16to. del decreto 734/978 del 20 de diciembre de 1978.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones,

   El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a las señoras Nélida Elina Volante Ferreira y Lidara Esther
Volante Ferreira a ceder al señor Juan José Volante Ferreira sus cuotas
partes en la titularidad de CW 43 Radio Lavalleja de la ciudad de Minas
(departamento de Lavalleja). 

2

   Determínase que los titulares de la difusora CW 43 Radio Lavalleja de
la ciudad de Minas (departamento de Lavalleja) son la señora Elda Renée
Volante Ferreira con un 25% (veinticinco por ciento) y señores Ernesto
Rómulo Volante Ferreira con un 25 % (veinticinco por ciento) y Juan José
Volante Moreira con un 50% (cincuenta por ciento). 

3

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos.-

TARIGO. - HUGO M. MEDINA
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