Apruébase el Pliego de Condiciones Particulares, cuyo contenido es el siguiente:
PLIEGO PARTICULAR PARA EL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA EL
OTORGAMIENTO DEL DERECHO A SOLICITAR UN PERMISO DE EXPLORACION EN LA
ZONA I DEL AREA DE RESERVA MINERA XX.
1. OBJETO DEL LLAMADO
El Poder Ejecutivo por intermedio de la DI.NA.MI.GE. llama a
licitación a efectos de adjudicar el derecho a solicitar un Permiso de
Exploración sobre el yacimiento de Granito Negro ubicado en la 5ª Sección
Judicial del departamento de Colonia correspondiente al área ubicada
sobre el padrón Nº 116.
2. BASES DEL LLAMADO
El presente Pliego de Condiciones Particulares y el estudio geológico efectuado por la DI.NA.MI.GE. de la zona I del Area de Reserva Minera Nº XX constituyen las bases para el presente llamado.
3. PROPUESTAS
Los oferentes deberán presentar propuestas en sobre cerrado, dactilografiado, conteniendo una carta dirigida al Director Nacional de Míneria y Geología cuyo texto será: ...................... constituyendo domicilio en ............................ de la ciudad de Montevideo, se presenta a usted a efectos de solicitar se le tenga por presentado al llamado a Licitación Pública N ..... para la adjudicación del derecho a solicitar un permiso de Exploración de la zona ........................
Por la presente el oferente declara conocer y ajustarse al Pliego de Condiciones Particulares del presente llamado fundamentalmente en lo referente al Plan de Trabajo y el precio ofertado.
4. PLAN DE TRABAJO
Se deberá realizar una serie de estudios y trabajos geológicos, económicos y de agrimensura, los cuales demostrarán la viabilidad técnico-economica de la explotación del yacimiento mencionado.
A continuación se plantean los puntos que se consideran que deben comprender estos trabajos:
a) Estudios geológicos
Estas tareas pueden dividirse en dos etapas, a saber;
Etapa 1 - en donde se deben realizar:
-Carta geológica de detalle a escala 1/5.000.
-Definir las características estructurales del yacimiento.
-Levantamiento de direcciones tectónicas.
-Muestreo preliminar para observar el comportamiento técnico de la o
las variedades definidas. Confección de láminas delgadas y placas
pulidas.
-Comienzo de estudios geofísicos (Métodos indirectos:
Magnetometría, S.E.V., polarización inducida).
-Análisis de resultados.
Ubicación de la "cantera piloto".
Etapa 2.
-Carta geológica a escala 1/1.000.
-Apertura de "cantera piloto".
-Análisis estadísticos de fracturas de diaclasas para determinar la
distribución teórica y tamaño de los bloques a extraer.
-Cubicación de las Reservas del yacimiento. Para realizar esta tarea
es necesario que hayan efectuado los trabajos de agrimensura
(taquimetría del yacimiento).Debe estimarse el volumen a extraer
(Reservas Probadas) y del esteril a remover. Por lo tanto, los
estudios geofísicos deberán acompañarse de una etapa de perforaciones
a rotación con recuperación total del testigo.
b) Trabajos de Agrimensura
Sobre el final de la primera Etapa de los Estudios Geológicos se deberá realizar el relevamiento taquimétrico del área del Permiso con curvas de nivel cada metro.
c) Trabajos geo-económicos
Se deberán determinar los parámetros económicos que permitan demostrar la rentabilidad de la explotación del yacimiento, nivel de inversión, equipamiento, amortización de maquinaria y equipos, comercialización, mercado interno e internacional, precios, etc.
Estos estudios se ajustarán al evaluar los resultados que se obtengan en la explotación de la "cantera piloto".
5. RECEPCION DE OFERTAS
El plazo para la recepción de las ofertas será hasta una hora antes de la apertura. El sobre correspondiente se entregará en la Secretaría de DI.NA.MI.GE. siendo imprecindible para su presentación:
5.1. Que se exhiba la constancia de haber constituido la Garantía de Mantenimiento de Oferta por el monto expresado en el numeral 10).
5.2. Recibo de entrega de pligo de Condiciones del llamado.
6. APERTURA
La apertura de la licitación se realizará el día....... a la hora..... el primer llamado en el mismo día a la hora ......... en segundo llamado, en la sede de DI.NA.MI.GE, Hervidero 2861.
Para la apertura del primer llamado se requerirán al menos tres propuestas y la del segundo llamado se realizará con las propuestas que
se hayan recibido.
El acto de apertura se realizará en presencia de Escribano Público, pudiendo estar presente a lo sumo en representante por empresa interviniente.
7. ADJUDICACION Y ORDEN DE PRIORIDADES.
Una vez finalizado el acto de Apertura se adjudicará el derecho a solicitar un permiso al oferente que haya ofrecido el mayor precio y aceptado el Plan de Trabajo propuesto por DI.NA.MI.GE., otorgándole una constancia por parte de la Dirección Nacional de Minería y Geología que habilitará para realizar el pago del precio ofrecido por el derecho a solicitar el Permiso de Exploración y gestionar el correspondiente título minero.
Se establecerá un orden de prioridades de acuerdo al precio siempre
que se haya aceptado el Plan de Trabajo referido entre los oferentes.
Pasados los 5 días a que hace referencia el numeral 7), a los 45 días, de acuerdo a lo dispuesto en el nuemarl 8), sin haberse dado cumplimiento a lo estipulado, se procederá a adjudicar el derecho a solicitar Permiso de Exploración al segundo oferente y así sucesivamente.
No se efectuarán devoluciones de importes depositados en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta o Precio pagado por adjudicatarios
que no hayan cumplido con las condiciones reseñadas en 7) u 8)
respectivamente.
8. FORMA DE PAGO
El precio ofrecido por el derecho a solicitar el Permiso de
Exploración licitado será en Moneda Nacional al contado y el pago será
realizado dentro de los cinco días hábiles a partir de la adjudicación
correspondiente.
9. CONDICIONES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PERMISO DE EXPLORACION
Dentro del plazo de 45 días contados a partir de la adjudicación el adjudicatario deberá cumplir con los requisitos para obtener un Permiso
de Exploración en Clase III, con arreglo a las siguientes condiciones:
Capacidad Financiera: Deberá demostrar una capacidad financiera de N$ 1:700.000.00.
Caución o Aval: Que asegure el resarcimiento de los daños y perjuicios que deriven de la actividad minera, el que se fija en N$ 312.000.00 en obligaciones Hipotecarias reajustables.
Técnico: Deberá designar técnico responsable de la actividad.
Servidumbre Minera: Deberá solicitar la que estime necesaria adjuntando el plano de deslinde y los nombres y domicilios de los superficitarios.
Programa de Operaciones: Se ajustará al indicado por DI.NA.MI.GE..
..Plan de Inversiones: Se ajustará al programa de operaciones.
10. OTORGAMIENTO DEL TITULO DE MINERO
Dentro del plazo de 10 días a partir de la aprobación de los recaudos citados la dirección Nacional de Minería y Geología concederá el Permiso de Exploración por el plazo de dos años, contados a partir de la fecha de notificación que se realizará por telegrama colacionado con Aviso de Retorno (TCCPC).
El yacimiento pertenecerá a la Clase II hasta el momento del otorgamiento del Título Minero. En dicho acto pasará a la Clase III de acuerdo a la resolución del Poder Ejecutivo que se agrega.
11. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Será igual o mayor al 1% del valor de la oferta. Se depositará en la Tesorería de la DI.NA.MI.GE., de lunes a viernes, en el horario de 12:30
a 18 hs.
Los depósitos por Garantía de Mantenimiento de Oferta serán devueltos
a los oferentes que no hayan sido adjudicatarios una vez que se haya
otorgado el título mínero "Permiso de Exploración".
El deposito de garantía del adjudicatario se imputará al precio en el acto del depósito del mismo.
13. APERTURA DE CANTERA PILOTO.
La apertura de la cantera piloto, al ser una de las etapas
establecidas en el Plan de Trabajo, esta expresamente autorizada así como
la comercialización de las muestras extraídas. De esta forma, durante la
vigencia del Permiso de Exploración y contando con la autorización para
extraer, se podrán adquirir certificados guías.
14. SUSPENCION DE COMPUTO DE PLAZO DE VIGENCIA DEL TITULO MINERO
PERMISO DE EXPLORACION
Podrá solicitarse por el permisario en caso de aprobarse fehacientemente dificultades en la obtención de la Servidumbre Minera.
15. CANONES MINEROS
Por aplicación del artículo 45 del Código de Minería el titular deberá abonar durante la vigencia del Permiso de Exploración canon de superficie fijado para el mes de setiembre en N$ 2.962 por Há. o fracción para el primer año N$ 5924 por Há. o fracción para el segundo ako y N$ 8.886 por Há. o fracción par el tercer año y subsiguientes, valores sujetos a actualización según índice del costo de vida.
Si el titular del Permiso de Exploración es autorizado para disponer
de las sustancias extraídas abonará el canon de producción por semestre
vencido y dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento. El
porcentaje para los primeros cinco años de explotación se compone de un
2% de canon estatal y un 3% de participación para el propietario de
predio superficial y será calculado sobre lo efectivamente extraído.
Ambos cánones deben ser pagos en la Tesorería de DI.NA.MI.GE, de lunes a viernes, en el horario de 12:30 a 18 horas.