Resolución 618/011
Autorízase al Comando General de la Armada a realizar el llamado a la
Licitación Pública Internacional N° 01/2011, para la adquisición de una
aeronave.
(2.244*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 8 de Diciembre de 2011
VISTO: la gestión del Comando General de la Armada por la cual solicita
autorización a efectos de realizar el llamado a la Licitación Pública
Internacional Nro. 01/2011 para la adquisición de una Aeronave Beechcraft
B200 Super King Air, la cual realizará las tareas de transición entre las
aeronaves T34C-1 de entrenamiento primario y B200T, entrenamiento en radio
instrumentos y radio navegación y el transporte de carga y pasaje en apoyo
a las Unidades de la Armada Nacional.
RESULTANDO: que resulta necesario aprobar el Pliego de Condiciones
Particulares respectivo y autorizar los procedimientos administrativos
inherentes a la Licitación Pública Internacional correspondiente.
CONSIDERANDO: I) que la adquisición de la aeronave en cuestión, será de
similares características al B200T, ya existente en la Armada Nacional,
permitiendo la estandarización de diversos sistemas, tales como la similar
planta de poder, equipos de navegación y comunicaciones.
II) que por la Nota EMLOG Nro. 05/2011 de 22 de setiembre de 2011, el
Comando General de la Armada, informó que la erogación resultante
ascendería a la suma de $ 30:000.000,00 (pesos uruguayos treinta millones
con 00/100), la cual se solventará a través del Proyecto de Inversión 758
"Adquisición, Reparación y Equipamiento de Unidades Navales", Financiación
1.1 y 1.2, en montos iguales a $ 15:000.000,00 (pesos uruguayos quince
millones con 00/100) en cada una de ellas, respecto de las cuales la
Unidad Ejecutora 018 "Comando General de la Armada" cuenta con
disponibilidad suficiente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Armada, por el Departamento Jurídico-Notarial, Secciones
Jurídica y Notarial y por la Dirección General de Recursos Financieros del
Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el "TOCAF 1996"
aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorizar al Comando General de la Armada a realizar el llamado a la
Licitación Pública Internacional Nro. 01/2011, para la adquisición de una
Aeronave Beechcraft B200 Super King Air, a efectos de realizar las tareas
de transición entre los T34C-1 de entrenamiento primario y el B200T,
entrenamiento en radio instrumentos y radio navegación y el transporte de
carga y pasaje en apoyo a las Unidades de la Armada Nacional.
Aprobar el Pliego de Condiciones Particulares que luce de fojas 111 a 121
del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional
2011.03710-3 el cual se considera parte integrante de la presente
Resolución.
Comuníquese, publíquese, remítase copia de la presente Resolución al
Tribunal de Cuentas y pase al Comando General de la Armada a sus efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.
Comando General de la Armada
Servicio de Aprovisionamiento
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo".
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PARA LA LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL N° 01/2011.-
"ADQUISICION DE AERONAVE BEECHCRAFT 200 SUPER KING AIR"
COMANDO GENERAL DE LA ARMADA
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PARA LA LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL N° 01/2011.-
ADQUISICION DE UNA AERONAVE BEECHCRAFT 200 SUPER KING AIR.
1.- OBJETO DE LA LICITACIÓN.-
1.1.- El Comando General de la Armada llama a Licitación Pública
internacional N° 01/2011 para la adquisición de una aeronave Beechcraft
200 "Super King Air".-
1.2.- Las especificaciones técnicas de la aeronave a ser adquirida son las
que se establecen en el Anexo "A" de este Pliego de Condiciones
Particulares.-
2.- ADQUISICIÓN DE PLIEGOS.-
Los pliegos se pondrán de manifiesto a los interesados en el Servicio de
Aprovisionamiento de la Armada (SERAP), sitio en Muelle Fluvial, Hangar
"A", Puerta N° 15, Área Naval del Puerto de Montevideo, y podrán
adquirirse todos los días hábiles en el horario de 08:00 a 12:00, hasta un
día hábil anterior al de la apertura de las ofertas.-
El precio de los mismos asciende a U$S 500,00 (dólares estadounidenses
quinientos con 00/100), los cuales podrán ser abonados en efectivo o
cheque al portador sin cruzar.-
3.- RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS
3.1.- La apertura tendrá lugar el día ________ de ___________ del año 2011
a la hora 10:30, en el Servicio de Aprovisionamiento de la Armada (SERAP),
Departamento de Licitaciones.-
3.2.- En Secretaría del referido Servicio, hasta ese día y hora serán
recibidas las ofertas. No será necesario presentar las ofertas
personalmente, pero la Administración contratante no se hace responsable
si estas no son recibidas hasta la hora y fecha indicadas para la
recepción de las mismas. Las ofertas tardías no serán aceptadas y serán
devueltas sin abrir, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 del
"TOCAF 1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.-
3.3.- Separado de la oferta, deberá exhibirse toda la documentación
pertinente que lo habilite a participar en la Licitación, dejando copia
autenticada de la misma.-
Los documentos integrantes de la oferta que deben presentarse antes del
acto de apertura y por separado de la oferta serán los que se mencionan a
continuación:
a) El formulario de identificación del oferente. (2 COPIAS)-
b) Certificado Notarial con fecha del día hábil anterior a la apertura o
del mismo día que acredite que la sociedad oferente es persona jurídica
hábil y vigente, constitución, objeto específico de la sociedad y plazo
social como forma en que se ejerce la representación, facultades de los
representantes legales, designación de los respectivos cargos y vigencia
de los mismos, domicilio y lugar de constitución. Asimismo, para el caso
del nombramiento, cese y revocación de administradores, directores y
representantes por acto distinto al contrato social o estatuto social
deberá acreditarse que dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86
de la Ley 16.060 de 4/09/1989 en la redacción dada por el artículo 13 de
la Ley 17.904 de 07/10/2005. En caso que el oferente sea persona física,
el certificado deberá contener sus datos identificatorios completos,
domicilio, nacionalidad y además su inscripción en D.G.I. y B.P.S. en caso
de ser empresa unipersonal. Si el oferente estuviera integrado por varias
personas jurídicas, presentara un certificado notarial que contenga la
antedicha información por todos sus integrantes.
Si se interviene por medio de apoderado o mandatario del citado
certificado notarial, deberá surgir el poder o mandato con el cual actúan,
vigencia del mismo a la fecha de expedición de la certificación y
facultades de representación suficientes.
c) La propuesta en todo lo que corresponda al objeto de la Licitación, la
que además deberá presentarse en formato digital y publicarse en la pagina
Web de compras estatales.-
d) Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (SIIF) y en su
caso en el Registro de Empresas Extranjeras.-
e) Comprobante de haber adquirido los pliegos.-
f) Certificado del B.S.E. que acredite tener contratado el seguro de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Literal b) del
artículo 8.2 del Decreto 53/993 de 28/01/1993; o en caso de no corresponde
el certificado negativo expedido por dicho Banco-.
g) Detalle de los antecedentes comerciales de la empresa oferente.-
h) Y demás documentos que sean pertinentes de acuerdo a las normas legales
y reglamentarias vigentes.-
3.4.- El oferente deberá efectuar depósito de garantía, la constancia del
mismo deberá presentarse obligatoriamente fuera de la oferta,
exhibiéndosele a quien recibe la misma, antes del acto de apertura, y bajo
apercibimiento de no recibirse la propuesta en caso de no presentación.-
3.5.- Respecto a las ofertas vía fax se tendrán en cuanta el comienzo de
su recepción debidamente comprobado. Tanto las que utilicen esta vía como
aquellas que lo hagan por otro medio idóneo deberán dentro del plazo de
dos días hábiles presentar su oferta original suscrita por el oferente y
dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3.3. so pena de invalidarse
su oferta.-
3.6.- Presentada una propuesta, podrá retirarse la misma antes de vencido
el plazo para la apertura de las ofertas, por nota firmada por persona
facultada para representar a la empresa, incluso si se hubiese presentado
vía fax. En tal caso, la propuesta será devuelta sin abrir.-
3.7.- En el acto de apertura podrán hacerse las constancias que se estimen
necesarias referentes al mismo, pero no las que se refieran directa o
indirectamente a la adjudicación.-
4.- NORMAS APLICABLES.-
La Licitación se regirá por las condiciones establecidas en el presente
Pliego y su Anexo, y en el de Condiciones Generales aprobado por el
Decreto 53/993 de 28/01/1993, además de las que se establezcan en la
contratación respectiva y las que surjan del "TOCAF 1996" aprobado por el
Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997 y sus respectivas modificaciones, y
demás leyes y reglamentos en vigencia que sean pertinentes.-
5. CONSULTAS.-
5.1.- Las consultas sobre especificaciones, características de los objetos
licitados, pedidos de aclaraciones y trámites administrativos, deberán
formularse ante el Servicio de Aprovisionamiento de la Armada (SERAP),
ubicado en el lugar indicado en el Art. 2 de este Pliego, Tel:
29.16.02.94-
5.2.- Las consultas deberán efectuarse hasta cuarenta y ocho (48) horas
antes del acto de apertura de ofertas, por escrito, y en el horario de
08:00 a 12:00 de lunes a viernes, todos los días hábiles.-
6.- SOLICITUDES DE PRORROGA.-
6.1.- Ante el último Servicio mencionado se podrán solicitar pedidos de
prórroga, por escrito y estableciendo las causales que la motivan, lo que
será facultativo de la Armada concederla o no, y podrán efectuarse hasta
cuarenta y ocho (48) horas hábiles anteriores al acto de apertura.-
6.2.- Cualquier adquiriente de pliegos que lo desee podrá pedir,
expresando fundamentos para ello, prórroga para la apertura de las
ofertas. Conjuntamente con la solicitud de prórroga el oferente deberá
efectuar un depósito del 3% (tres por ciento) del tope para las
licitaciones abreviadas, el que podrá ser en efectivo (moneda nacional,
dólares o euros), en garantía de la efectiva presentación de oferta. Una
vez presentada dicha oferta o una vez resuelta la negación de la prorroga,
la mencionada garantía será devuelta al oferente. En caso de que la
Administración acceda a conceder la prórroga solicitada, esta será
comunicada a todos los adquirientes de pliegos y se publicará en todos los
pertinentes.-
6.3.- Dicho depósito se realizará en el Servicio de Aprovisionamiento
situado en el lugar indicado en el numeral 2 de este Pliego.-
6.4.- En el caso de acceder al pedido de prórroga del plazo para la
presentación de ofertas, todos los interesados que hubieren estado sujetos
al plazo original lo estarán en lo sucesivo al nuevo plazo estipulado.-
7.- DEL OFERENTE Y DE LA REPRESENTACIÓN.-
7.1- No podrán contratar los funcionarios dependientes del Organismo
contratante, no siendo de recibo las ofertas presentadas a título personal
o por firmas, empresas o entidades con las cuales el funcionario esté
vinculado por razones de dirección o dependencia. No obstante, en este
último caso, tratándose de funcionarios que no tengan intervención en el
proceso de adquisición, podrá darse curso a las ofertas presentadas en las
que se deje constancia de esa circunstancia (artículo 43 del "TOCAF 1996"
aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.).-
7.2.- El oferente deberá constituir domicilio a todos los efectos legales
en la ciudad de Montevideo, debiendo proporcionar el número telefónico y/o
fax mediante el cual se accede directamente a comunicarse con él. Si dicho
domicilio no coincide con el real del principal responsable de la empresa
oferente, se deberá proporcionar el de éste y su medio de ubicación.-
7.3. Los oferentes deberán acreditar su representación conforme a lo
establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia,
incluyendo que el mismo comprenda que la representada tiene facultades
claramente expresadas para cumplir con el objeto de esta Licitación, sin
perjuicio de que deberá darse cumplimiento a lo preceptuado en el artículo
7.3 del Pliego de Condiciones Generales.-
7.4.- Todo oferente que represente a una empresa que reviste el carácter
societario deberá acreditar su representación mediante el contrato social
en el cual fue designado.
Cuando su representación emerja de acto distinto del contrato social
deberá justificarse ese acto y que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto
por el artículo 86 de la Ley N° 16.060 de 04/IX/89, sustituido en su
redacción por lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 17.904 del
07/X/005.-
7.5.- Las firmas extranjeras que no tengan casa comercial establecida
dentro del territorio nacional deberán actuar por medio de representante
local, quien tendrá las mismas responsabilidades que sus representados.-
7.6.- En caso de tratarse de sociedades personales deberá individualizarse
a sus titulares o sus representantes autorizados. En el caso de ser
oferentes sociedades anónimas deberá especificarse la nomina de los
integrantes del Directorio, sus domicilios personales y demás datos
individualizantes.-
7.7.- El oferente deberá tener presente que, de acuerdo a lo dispuesto por
las Leyes N° 17.957 del 04/IV/06 y 18.244 de 27/XII/007, no podrán
contratarse con empresas, incluyendo directores o administradores de las
personas jurídicas proveedoras, que figuren inscriptos en el Registro
Nacional de Actos Personales como deudores alimentarios, a cuyos efectos
deberá presentarse por el adjudicatario el Certificado correspondiente.-
8.- INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS.-
8.1.- Los proponentes deberán acreditar estar inscriptos en el Registro
General de Proveedores del Estado (Sistema Integrado de Información
Financiera) y en el Particular de la Armada Nacional.-
8.2.- El oferente que represente a firmas extranjeras deberá estar
inscripto en el Registro respectivo, llevado por el Ministerio de Economía
y Finanzas Ley N° 16.497 del 15/6/94 y Decretos 369/94 de 22/8/94 y 538 de
13/12/94).-
9.- OMISIONES FORMALES.-
Si por causa de fuerza mayor a juicio de las autoridades receptoras de las
ofertas, se omitiere el cumplimiento de un requisito de carácter formal
(no esencial), ello no obstará a la recepción de la propuesta respectiva.
Dicha oferta quedará observada hasta el momento en que se produzca el
cumplimento de lo omitido dentro de un plazo de dos (2) días que podrá
fijar la Comisión Receptora para salvar todos los defectos indicados en el
artículo 56 del "TOCAF 1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de
junio de 1997. Si vencido el plazo no se diere cumplimiento a lo aludido,
la oferta quedará invalidada sin más trámites.-
10.- FORMALIDADES EN LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS.-
10.1.- Deberá presentarse una Propuesta General en original y dos (2)
copias que contendrá los datos individualizadores del oferente, el monto
total de lo ofertado, los ítems cotizados, plazo de mantenimiento de
oferta, plazo de la entrega y expresa constancia de que se está capacitado
para contratar con esta Administración (artículo 43 del "TOCAF 1996"
aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997), nombrar la
integración del Directorio o sus titulares cuando se trate de oferentes de
carácter societario y demás condiciones generales de la oferta.-
10.2.- Asimismo deberá presentarse la Propuesta Particular en un formato
único en original y dos (2) copias, en la cual se detallarán todas las
condiciones específicas de la oferta (precio unitario, marca, origen,
calidad, garantía, y demás condiciones particulares de la oferta). Dicho
formato comprenderá todos los ítems cotizados por el oferente.-
10.3.- Las ofertas serán extendidas en papel membretado del oferente, en
sobre cerrado, especificando en su exterior nombre de la empresa oferente,
N° de Licitación y el objeto de ésta, los que serán abiertos en presencia
de los proponentes que concurran al acto en el lugar, día y hora fijados
al efecto, salvo las enviadas vía fax, las que se pondrán en conocimiento
de los concurrentes y deberán contener los datos individualizantes y de
contenido de las ofertas, que sean pertinentes, debiendo observarse lo
dispuesto en el numeral 3.5.-
10.4.- Tanto la propuesta general como la particular deben ser firmadas
por el oferente en su original y copias con aclaración de sus firmas
(artículo 22 del Decreto 500/991 de 27/9/991). La omisión de este
requisito no podrá ser suplida con posterioridad a la clausura del acto de
apertura de las ofertas.
10.5.- El interesado en ofertar deberá ingresar sus ofertas en el sitio
Web www.comprasestatales.gub.uy. Las consultas al respecto deberán
formularse al teléfono 903.11.11 internos 1902 al 1905 de la Presidencia
de la República. El ingreso de las ofertas en el sitio Web no sustituye la
obligación de presentar la propuesta por escrito, en caso de discrepancias
entre ambas se le dará preferencia a la escrita.
Asimismo, y junto a la oferta escrita deberá presentarse la propuesta en
formato electrónico.-
10.6.- Las propuestas deberán ser claramente redactadas en idioma español,
sin borrones, raspaduras, enmiendas ni entrelíneas que no sean salvadas en
la debida forma legal.-
10.7.- La presentación de las propuestas implica el compromiso liso y
llano de la ejecución de la adquisición licitada.
Las dificultades que posteriormente plantee el adjudicatario serán
consideradas como el resultado de su imprevisión, aplicándose en este caso
las sanciones que correspondieren, ya sea por demora o defectos en la
provisión u otra causa. No servirá alegar como excusa o derecho alguno
basado en cálculos erróneos u omisiones en la oferta.-
10.8.- Las ofertas no podrán ser vagas, ni confusas, ni podrán presentar
redacciones tales que den lugar a distintas interpretaciones.-
10.9.- Las propuestas no podrán estar condicionadas a su confirmación por
el oferente, o por un tercero, ni estar supeditadas a otros factores que
no sean los previstos en los Pliegos, que rigen la presente Licitación.-
10.10.- En la cotización se deberá hacer referencia a la marca y el origen
del artículo ofertado. La Administración se reserva el derecho de no tener
en cuenta aquellas ofertas que no lo señalaren. No bastara citar solamente
la región para indicar el origen del objeto licitado.-
11.- PRECIO Y COTIZACIÓN.-
11.1.- Se deberá cotizar precio CIP Laguna del Sauce en Dólares Americanos
conforme a lo establecido en el numeral 20.1 de este Pliego.-
11.2.- De acuerdo al artículo 1° del Decreto 20/2002 del 16/1/2002 deberá
establecerse en las ofertas una tasa de descuento por pago treinta días
del mes de factura para el caso de ser factible el pago mediante esta
modalidad. En las cotizaciones se manifestarán el precio que tendría el
artículo que surge de la aplicación de la mencionada tasa de descuento.-
11.3.- El precio deberá incluir el flete, taza portuaria, documentaciones
varias: verificación transferencias, THC, Desconsolidados, Manipuleo,
virada, transporte, Flota, Servicio de Agencia, Emisión de B/L y cualquier
otro costo o trámite que genere la entrega del material hasta ser
recepcionado efectivamente por la Armada Nacional quien se encargara de
hacer el respectivo despacho previa entrega de la documentación
pertinente.
11.4.- El precio que se cotice deberá ser invariable hasta el pago
efectivo de lo adjudicado. No se aceptarán fórmulas paramétricas de
actualización de precios en las ofertas. Los oferentes deberán tener
presente que no se efectuarán pagos adelantados.-
11.5.- Se desecharán las ofertas que incluyan, intereses por mora en los
pagos que efectúe la Administración.-
12.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
El plazo de mantenimiento de oferta se expresará en la propuesta, el cual
no podrá ser, inferior a ciento ochenta (180) días calendario a partir del
día de la apertura. En caso de omisión se entenderá que el plazo durante
el cual se mantienen las ofertas y los precios serán el mínimo exigido de
ciento ochenta (180) días calendario.-
13.- EVALUACION ANTERIOR A LA ADJUDICACION.-
13.1.- Las ofertas podrán ser evaluadas por la Comisión Asesora de
Adjudicaciones de la Armada Nacional (CAAAN) por el procedimiento de
"Post-Calificación". Es decir, esa Comisión podrá no tener en cuenta
aquellas propuestas que considere fundamente que pueden desestimarse por
razones de inadmisibilidad, o invalidez, o ser manifiestamente
inconvenientes, o por cualquier otra causa resulten ineficaces. El
procedimiento pertinente podrá continuar con aquellas ofertas que no se
hallen comprendidas en las causas reseñadas. No es necesaria la
notificación en esta etapa de los procedimientos en virtud d que se trata
de aspectos de que conforman el dictamen o informe del asesoramiento al
Ordenador competente, quien examinará estas circunstancias y será el que
resolverá en definitiva.-
13.2.- La información relativa a trámites que medien entre la Apertura de
las ofertas y el de manifiesto del dictamen de la Comisión Asesora de
Adjudicaciones si este correspondiere, o en su defecto de la notificación
de la Resolución de la Adjudicación, serán de carácter reservado. Es
decir, no podrá ser revelada a los licitantes ni a persona alguna que no
participe oficialmente en dicho proceso. Cualquier intento de un licitante
de influir en el procesamiento de las ofertas o decisión de adjudicación
podrá dar lugar al rechazo de la oferta del licitante del caso. El envío
de notas que no sean aclaratorias de sus propias propuestas se considerará
sin efecto alguno.-
14.- DE LA ADJUDICACION.-
14.1.- La Armada se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente
los ítems solicitados, de aceptar las ofertas que más le convinieran o de
rechazarlas todas a su exclusivo juicio y por razones de oportunidad o
conveniencia.-
14.2.- La Armada se reserva la facultad de adjudicar aquellas propuestas
que aún apartándose, no sensiblemente, de las características técnicas y
condiciones generales de lo especificado en este Pliego resulten
evidentemente más convenientes para sus intereses.-
14.3.- Para evaluar las ofertas se tendrá en cuenta el menor precio sin
perjuicio de tener presente la calidad u otros factores de conveniencia,
que puedan aconsejar la adjudicación de ofertas con mayor precio.-
14.4.- En caso de haberse presentado ofertas similares y, aún después de
haberse optado por el pedido de mejora de oferta, la Administración podrá
adjudicar proporcionalmente a las cotizaciones efectuadas.-
14.5.- Si las ofertas presentadas son iguales, aún si se utilizó la mejora
de oferta la adjudicación podrá dividirse en las partes igualitarias
correspondientes.-
14.6.- Si el fraccionamiento del objeto contractual, en los casos
referidos en los apartados 14.4 y 14.5 no es posible, la adjudicación se
hará por sorteo, de todo el ítem en cuestión.-
14.7.- La Armada se reserva todos los derechos establecidos en el artículo
57 del "TOCAF 1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de
1997, inclusive de utilizar los institutos de Mejora de Ofertas y
Negociaciones cuando lo considere conveniente para sus intereses, al
amparo de lo establecido en el párrafo final de esta norma.-
15.- DE LAS GARANTIAS DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.-
15.1.- Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta con
el equivalente al 1% del monto de la misma, siempre que este supere el
valor de lo asignado para la Licitación Abreviada. De no cumplirse con
este requisito la oferta no será admitida debiendo documentarse su
rechazo.-
15.2.- Se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 del
Pliego de Condiciones Generales, en lo pertinente.-
15.3.- En caso de que el monto de la oferta adjudicada supere el 40% del
tope de la Licitación Abreviada, deberá constituirse garantía de fiel
cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días siguientes al
de la notificación de la adjudicación, la cual ascenderá al 5% del monto
de lo adjudicado.-
15.4.- La garantía podrá constituir en Valores de Caja de Ahorro
Reajustables o Certificados de Depósitos Reajustables que emita el Banco
Hipotecario del Uruguay, Fianza o Aval Bancario, Póliza del Banco de
Seguros del Estado o dinero en efectivo, en moneda nacional o en dólares
americanos.-
15.5.- Cuando se trate de depósitos en efectivo deberán efectuarse en el
Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), en la Cuenta N° 37428
en Moneda Nacional y en la Cuenta N° 30881 en Dólares Americanos, una vez
efectuado el depósito se deberá canjear en el Servicio mencionado por el
recibo correspondiente.-
15.6.- Los depósitos de garantías originales deben canjearse en el
Servicio de Hacienda y Contabilidad de la Armada (SECON), sitio en
Misiones 1435 en días hábiles de 08.00 a 12.00 horas, por el comprobante
respectivo.-
15.7.- Las garantías estarán incondicionalmente a la disposición de la
Armada Nacional y no deberán demandar ningún trámite especial para hacer
efectivo su cobro, dentro de las 24 horas que éste fuera solicitado.-
15.8.- En caso de incumplimiento del adjudicatario, la Armada podrá dejar
sin efecto la contratación, perdiendo en tal caso aquel depósito de
garantía sin perjuicio de otras sanciones.-
15.9.- Aceptada que sea una propuesta o rechazadas todas por el Ordenador
competente, se dispondrá la devolución de las garantías a la simple
presentación del recibo correspondiente, salvo la que resulte adjudicado.
Al oferente a quien se adjudique la compra, se devolverá dicha garantía
una vez firmado el contrato y constituida la garantía de cumplimiento del
mismo.-
16.- NOTIFICACIONES.-
16.1.- Podrá efectuarse por medio de telegrama colacionado con copia,
carta certificada con aviso de retorno, fax, o por funcionario comisionado
al efecto.-
16.2.- Si el adjudicatario o sus representantes no concurrieren a
notificarse de la Resolución de Adjudicación y firmar la Constancia de
Afectación de Crédito (Orden de Compra), retirando copia de ésta última
dentro del plazo de tres (3) días a partir de la fecha de la citación, la
Armada podrá dejar sin efecto la adjudicación, pudiendo procederse a
adjudicar la licitación a otra de las ofertas, si resulta conveniente para
la Administración, o en su caso de no ser validas o admisibles las mismas
o si fueran manifiestamente inconvenientes para sus intereses, autorizar
la contratación en forma directa al amparo del artículo 33 del Numeral 3)
del Literal B) del "TOCAF 1996" aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de
junio de 1997.-
16.3.- El incumplimiento a que se refiere el numeral anterior y sus
consecuencias, se entiende producirse antes de que se formalice el vínculo
contractual correspondiente.-
17.- DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.-
17.1.- Los artículos solicitados deberán ser entregados en un plazo no
mayor a noventa (90) días una vez formalizada la entrega de la Constancia
de Afectación del Crédito (Orden de Compra), en el aeropuerto de Laguna
del Sauce.-
17.2.- La recepción de lo adjudicado se efectuara en forma provisional una
vez realizada su entrega efectiva. Ello no exime de responsabilidad al
adjudicatario en cuanto deberá responder por los vicios ocultos, errores u
otros defectos que se puedan constatar en las cosas con posterioridad a
dicha recepción provisional, como asimismo comprobación de crédito de
menores cantidades que las adquiridas o de elementos componentes tenido en
cuenta en la contratación.-
17.3.- Todos los datos indicados por el proponente referidos a los
elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se
verifica que lo entregado no responde estrictamente a lo establecido en la
propuesta, la Administración podrá rechazarlo de plano, rescindiendo el
contrato respectivo sin que ello de lugar a reclamación de clases alguna,
sin perjuicio que pueda la Administración exigir que se entregue en la
forma debida en el plazo que esta indique.-
18.- INCUMPLIMIENTOS.-
18.1.- Los incumplimientos podrán ser sancionados con multas, u otras
sanciones de acuerdo a la entidad del mismo, e inclusive podrá rescindirse
sin más trámites la adjudicación efectuada.-
18.2.- La Armada podrá efectuar la adquisición a otra firma total o
parcialmente, por cuenta de la empresa adjudicataria, en caso de
incumplimiento de esta última.-
19.- EXENCION DE RESPONSABILIDAD.-
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su
realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas
decisiones generara derecho alguno de los participantes a reclamar por
gastos, honorarios o indemnización por daños y perjuicios.-
20.- DEL PAGO.-
20.1.- El pago se efectuará en dólares americanos y para el caso de
oferente de empresa extranjera contra recepción provisoria mediante
apertura de carta de crédito con factura proforma realizada por la firma
extranjera y pagadera a la vista contra presentación de documento de
embarque y póliza de seguro. Si el adjudicatario es una empresa nacional
registrada o representante de firma extranjera el pago se realizará por
Intermedio de la tesorería General de la Nación, en moneda nacional,
considerando el valor del dólar americano según cotización del BROU, tipo
de cambio vendedor del día anterior al pago.-
Los oferentes deberán tener presente que no se efectuarán pagos
adelantados.-
20.2.- Para el pago se tendrá en cuenta el valor de la moneda
estadounidense según cotización del Banco de la República oriental del
Uruguay (BROU), al tipo vendedor del día anterior al pago.-
20.3.- Los créditos que los proveedores mantengan con la Armada nacional,
podrán ser acreditados a otros beneficiarios en las condiciones legales
requeridas siempre que el organismo contratante lo consienta una vez que
sea notificado fehacientemente de la cesión de que se trata.
De acuerdo a lo establecido en los artículos 1757 y siguientes del Código
Civil si transcurridos tres (3) días hábiles desde su notificación y la
Administración no se expidiere, se tendrá por consentida la cesión a todos
sus efectos realizándose las comunicaciones pertinentes.-
20.4.- La documentación referida a cesiones de crédito, se debe presentar
ante el Servicio de Hacienda y Contabilidad de la Armada Nacional (SECON),
Misiones 1435 de 08:00 a 12:00 horas).-
20.5.- La Cesión de Crédito debe ir acompañada con fotocopia de las
facturas a que se hace mención.-
20.6.- La Cesión de crédito debe referirse a la totalidad de una o varias
facturas, nunca al importe parcial de una de ellas.-
21.- INTERVENCIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA
Se tendrá por aprobado el gasto una vez cumplida la intervención previa
del Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay.-
Montevideo, ____________ de ____________ de 2011.-
ANEXO "A".-
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA AERONAVE BEECHCRAFT 200 "SUPER KING AIR".
Procedimiento: Licitación Pública internacional N° XX / 2011.-
Objeto: Adquisición de una aeronave Beechcraft 200 "Super King Air".-
1.- Requerimientos Generales:
Fabricante: Beechcraft.
Modelo: Super King Air 200.
Fecha de construcción: No anterior a 1985.
Planta de Poder: P&W PT6A.
Remanente de horas: No menor a 1600 horas para O/H.
2.- Certificaciones requeridas:
Aeronavegabilidad vigente según OACI (FAA USA).
Certificación IFR, categoría II y RVSM.
3.- Sistemas:
Presurización.
Sistema anti hielo.
Aire acondicionado.
Sistema de extinción de incendio de motor.
Sistema de oxígeno.
Tren de aterrizaje eléctrico tipo "High Float".
Autofeather.
Sistema Prop Syn.
FD/AP.
Puerta de carga.
Capacidad de combustible ampliada (nacela y/o Tip tanks).
Capacidad de 8 asientos para pasajeros.
4.- Equipos de comunicación y navegación:
Preferentemente línea Collins ProLine a los efectos de estandarizar con el
equipamiento en uso en la Aviación Naval.
2 VHF/AM.
1 HF.
2 VOR.
1 DME.