Resolución 623/986
Se fijan los precios para los trabajos de impresión por página del
"Diario Oficial" y las tarifas para sus publicaciones.
Ministerio de Educación y Cultura.
Montevideo, 5 de noviembre de 1986.
Visto: la gestión promovida por la Imprenta Nacional y el "Diario
Oficial", Unidades Ejecutoras 003 y 002, respectivamente, del Inciso
11, Ministerio de Educación y Cultura,solicitando la aprobación del Poder
Ejecutivo de las tarifas de costo de página y publicaciones del "Diario
Oficial", que deberán regir entre el 1º de noviembre de 1986 y el 30 de
abril de 1987.
Resultando: I) Que, de acuerdo al artículo 373 de la ley 15.809 de 8
de abril de 1986, la Dirección de la Imprenta Nacional, remitió para su
consideración el costo de impresión de la página del "Diario Oficial";
II) Que el "Diario Oficial" agrega al citado costo los gastos
correspondientes a papel de diario y otros indirectos proponiendo las
tarifas pertinentes;
III) Que no existen objeciones de carácter contable que se opongan a
lo solicitado.
Considerando: que corresponde decidir en consecuencia.
Atento: a lo antes expuesto, a lo dispuesto por el artículo 373 de la
ley 15.809 de 8 de abril de 1986 y a lo informado por la Contaduría
Central del Ministerio de Educación y Cultura.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
1
Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión por página del "Diario Oficial" por parte de la Imprenta Nacional, los que regirán al día siguiente de la publicación de la presente resolución y hasta nueva disposición. Costo de página: N$ 4.707,00 (nuevos pesos cuatro mil setecientos siete).