Sustitúyese el numeral 3º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
18 de agosto de 2007, por la que se declaró promovida la actividad del
proyecto de inversión de la empresa CONECTA S.A., por el siguiente:
"4º.- Autorízase a CONECTA S.A. el otorgamiento de un crédito por el
"Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones de bienes y
"servicios en plaza para la construcción del citado sistema de
distribución de "gas por redes, por hasta los importes de $ 1.580.703 y
US$ 5.061.420, que "serán aplicables de la siguiente manera:
"$ 1.580.703 al ejercicio fiscal comprendido entre el 1º/01/2006 y el
"31/12/2006, US$ 428.657 al ejercicio fiscal comprendido entre el
"1º/01/2007 y el 31/12/2007, US$ 812.520 al ejercicio fiscal comprendido
"entre el 1º/01/2008 y el 31/12/2008, US$ 1.196.108 al ejercicio fiscal
"comprendido entre el 1º/01/2009 y el 31/12/2009, US$ 710.628 al ejercicio
"fiscal comprendido entre el 1º/01/2010 y el 31/12/2010, US$ 382.928 al
"ejercicio fiscal comprendido entre el 1º/01/2011 y el 31/12/2011 y US$
"1.530.579 para el ejercicio fiscal 1º/01/2012 - 31/12/2012."
"El otorgamiento del crédito se le dará con igual tratamiento que el
"otorgado a los exportadores."