Fecha de Publicación: 13/08/1996
Página: 247-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

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   Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto.
   Su incumplimiento podrá cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado
de oficio o a petición de parte, la revocación de la declaración de
Interés Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 13 del Decreto
Ley N 14.178 de Promocion Industrial y demás disposiciones concordantes o
que se establezcan.
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