Fecha de Publicación: 29/06/2015
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

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   Comuníquese y pase a la División Contabilidad y Finanzas y a la Asesoría Financiamiento Exterior, para la intervención que les compete, hecho, siga al Contador Central de la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República, destacados en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Cumplido, vuelva a la Dirección Nacional de Planificación y Logística, para notificación de los oferentes y dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto N° 526/003 de 18 de diciembre de 2003.
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