Resolución 749/005
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
COMPAÑIA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A.
(1.189*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 6 de Junio de 2005
VISTO: la solicitud de la empresa COMPAÑIA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A.,
referente a la producción y comercialización de una extensa gama de
aceites y una variedad de productos que surgen del proceso de
industrialización de las semillas oleaginosas, con la finalidad de
obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la incorporación
de equipamiento y la inversión en obra civil para modificar la planta
industrial con el fin de producir aceites vegetales esenciales para la
industria confitera;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley.
II) que el proyecto presentado por COMPAÑIA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
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Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por COMPAÑIA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A., referente a la producción y
comercialización de una extensa gama de aceites y una variedad de
productos que surgen del proceso de industrialización de las semillas
oleaginosas.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JORGE LEPRA DANILO
ASTORI.