Resolución 781/977
Se aprueba la Resolución de COPRIN , interpretativa de la Resolución Ordinaria N° 594, por la cual se derogaron las Resoluciones 41 y 161 de esta Comisión.
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Montevideo, 3 de junio de 1977.
Visto: la comunicación de la Comisión de Productividad, Precios e
Ingresos, dando cuenta de la resolución que adoptó en razón de la
competencia que le atribuye la ley 13.720 de 16 de diciembre de 1968.
Considerando: que la resolución de la Comisión tiene por objeto
disipar las dudas que eventualmente puedan presentarse ante la derogación
de las normas dispuestas, por lo que se considera conveniente su
aprobación,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Apruébase la siguiente resolución adoptada por la Comisión de
Productividad, Precios e Ingresos:
RESOLUCION ORDINARIA 598 - Interpretativa de la resolución ordinaria
594.
Comuníquese, etc. Rúbrica del Señor Presidente.- VALENTIN ARISMENDI -
ALFREDO BAEZA ACCOSSANO.
COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS
E INGRESOS
RESOLUCION ORDINARIA 598
Interpretativa de la resolución ordinaria 594
Visto: las consultas formuladas acerca del alcance de la resolución
ordinaria 594 de fecha 15 de abril de 1977.
Considerando: que si bien la parte expositiva de la referida
resolución ilustra el sentido de la derogación dispuesta en el numeral 1º,
se estima pertinente precisar el alcance de la misma para evitar dudas
interpretativas.
Atento: a lo expresado,
La Comisión de Productividad, Precios e Ingresos
RESUELVE:
1º Declarar con carácter interpretativo, que la derogación de las
resoluciones ordinarias 41 y 161 dispuesta por el numeral 1º de la
resolución ordinaria 594, no implica dejar sin efecto los Convenios que se
hubieren aprobado al amparo de dichas normas.
2º Los Convenios Colectivos que se celebren a partir de la fecha de
vigencia de la resolución ordinaria 594, no requieren ser presentados a
esta Comisión para su puesta en funcionamiento.
3º Elévese al Ministerio de Economía y Finanzas.