Fecha de Publicación: 15/06/2021
Página: 11
Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                              Resolución 79/021

Establécese un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores que se determinan del FIDEICOMISO de Administración Fondo de Desarrollo Artístico y Cultural del SODRE.
(2.084)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                           Montevideo, 10 de Junio de 2021

   VISTO: la solicitud presentada por la FIDEICOMISO de Administración Fondo de Desarrollo Artístico y Cultural del SODRE;

   RESULTANDO: I) que por nota de fecha 25 de mayo de 2021, FIDEICOMISO de Administración Fondo de Desarrollo Artístico y Cultural del SODRE solicita un subsidio especial de desempleo para algunos de sus trabajadores en virtud de que como consecuencia de las medidas de prevención dispuestas por las autoridades, se han suspendido los espectáculos públicos;

   II) que el SODRE se dedica a la producción de espectáculos públicos, de ballet, Orquesta y coro entre otros y la actividad que desarrolla, se encuentra suspendida de acuerdo a medidas dispuestas por las autoridades competentes, y esto determina que sus salas se encuentren cerradas y en consecuencia los trabajadores que se desempeñan en atención al público no están pudiendo asistir a trabajar;

   II) que en la nota referida precedentemente y por los motivos en la misma expuestos, se solicita se otorgue un régimen especial de subsidio flexible por desempleo, al amparo de lo previsto por el artículo 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981;

   CONSIDERANDO: I) que el régimen especial solicitado cumple con lo previsto por el artículo 10° del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008;

   II) que resulta conveniente conceder la ampliación del régimen especial de subsidio por desempleo previsto en la Resolución N° 42 de fecha 16 de marzo de 2021, a fin de contemplar la especial situación de los trabajadores jornaleros del Sodre que no logran acceder al subsidio de desempleo;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10° del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008 y en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 565/010, de fecha 12 de abril de 2010;

                EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   Establécese un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores del FIDEICOMISO de Administración Fondo de Desarrollo Artístico y Cultural del SODRE incluidos en el ANEXO 1 adjunto a la presente Resolución y que es parte integrante de la misma, comprendidos en el ámbito subjetivo del Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, modificativas y concordantes. 

2

   Para tener derecho al presente régimen especial se requiere haber revistado como mínimo en la planilla de control de trabajo el equivalente a 25 (veinticinco) jornales en los últimos doce meses. El monto del subsidio será equivalente a 12 (doce) jornales mensuales. El monto de cada jornal se obtendrá dividiendo el total de las remuneraciones nominales computables percibidas en el o los meses inmediatos anteriores a configurarse causal a razón de 25 (veinticinco) jornales por mes, con un máximo de 150 (ciento cincuenta) jornales.

3

   Todo lo no previsto en el régimen especial dispuesto en la presente Resolución, se regirá por el régimen general de subsidio por desempleo establecido en el Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981 en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008, normas modificativas y concordantes, incluyendo los topes mínimos y máximos de la prestación previstos en dicha normativa.

4

   El presente régimen especial de subsidio por desempleo tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2021 y hasta el 30 de setiembre de 2021.

5

   Comuníquese, publíquese, etc.
   PABLO MIERES.

Nombre completo
C.I
CABRERA CORREA, AGUSTINA JULIETA
52493792
MENDEZ NUÑEZ, MARIA AGUSTINA
50963252
RIMOLDI RIMOLDI, AGUSTINA
48113267
LOPEZ MARTINEZ, ALEXIA GIANINA
51259909
SHONGUT COHEN, CECILIA
51407035
VITANCURT BANQUERO, CRISTIAN SEBASTIÁN
51779541
GANCIO CARDOZO, EMILIANO ANDRE
51379775
GARCIA LANUSSE, EMILIANO
53821532
SOSA DIAS CARNEIRO, JORGE FEDERICO
49662275
PELAEZ KEIM, JULIETA
49534551
SANDER DA SILVA, MYLENA
51022168
BALDASSARI VERANO, SOFIA DANIELA
50707535
RODRIGUEZ MAZZONE, SOFIA MICAELA
48705957
LEGARBURO MARTINCHICH, VALENTINA
51332991
ALFARO GUTIERREZ, MARIA BELEN
48284634
VASTARELA TRICANICO, SOFIA
52742090
CELADA DO CARMO, ANTONELLA
51702075
VIERA VIERA, GISELLE CARINA
53459325
BARRIOS DELGADO, FERNANDO MARIO
49713771
DO NASCIMIENTO DA SILVA, MARIA LUISA
60133302
TRUJILLO CAMARGO, LUZ MILAGRO
57880762


		
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