Resolución 804/004
Declárase promovido el proyecto de inversión presentado por la empresa
CLUB DEL LAGO HOTEL S.A.
(1.659*R)
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 26 de agosto de 2004
VISTO: La solicitud de la firma CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. que desarrolla
actividades en el área turística, tendiente a obtener la declaratoria
promocional para la actividad que se propone realizar según su proyecto
de inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
ampliación del Barceló Club del Lago Hotel.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por CLUB DEL LAGO HOTEL
S.A. y propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma CLUB DEL LAGO HOTEL
S.A. de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo, es viable
técnica, financiera y económicamente.
ATENTO: A lo recomendado por la Comisión de Aplicación, a lo establecido
por la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y por el Decreto Nº 175/003 de
7 de mayo de 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 de 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. para la ampliación del
Barceló Club del Lago Hotel, por un monto total de inversión de U$S
2:500.000 (dólares americanos dos millones quinientos mil) a construirse
en el predio ubicado en la Ruta Interbalnearia, Km. 125.500.
Autorízase a la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. a usufructuar el
beneficio previsto en el artículo 3º Inciso a. del Decreto Nº 175/003,
otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en
la adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la
construcción (infraestructura y obra civil), por hasta un monto imponible
de U$S 1:200.000 (dólares americanos un millón doscientos mil).
Autorízase a la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. a usufructuar el
beneficio previsto en el artículo 3º inciso b. del Decreto Nº 175/003,
exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes
destinados a las construcciones (Infraestructura y Obra Civil), cuyo
listado obra anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S
500.000 (dólares americanos quinientos mil).
Autorízase a la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. a usufructuar el
beneficio previsto en el artículo 3º inciso e. del Decreto Nº 175/003,
otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en
la adquisición en plaza de los bienes de activo fijo destinados al
equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente por hasta un monto
imponible de U$S 350.000 (dólares americanos trescientos cincuenta mil).
Autorízase a la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. a usufructuar las
exoneraciones previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto Nº
175/003, exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones
de bienes destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la
presente, por hasta un monto imponible de U$S 450.000 (dólares americanos
cuatrocientos cincuenta mil).
Autorízase a la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL S.A. a usufructuar la
exoneración del 50% de todos los tributos que graven las importaciones de
materiales y bienes de obra civil e infraestructura por hasta un monto
imponible de U$S 500.000 (dólares americanos quinientos mil) y a los
bienes de activo fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto
imponible de U$S 450.000 (dólares americanos cuatrocientos cincuenta
mil), de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º inciso g. del
Decreto Nº 175/001.
Los bienes que se incorporen con destino a Obra Civil e Infraestructura
para llevar a cabo la actividad del proyecto de inversión aprobado, se
podrán computar como activos exentos a efectos de la liquidación del
Impuesto al Patrimonio por el término de 11 años y por 5 años los bienes
destinados al equipamiento. En ambos casos a partir del ejercicio de su
incorporación inclusive. A los efectos del cálculo del pasivo computable,
los citados bienes serán considerados activos gravados.
Al sólo efecto de la liquidación del Impuesto a la Renta de Industria y
Comercio las inversiones que se realicen en la construcción, mejora o
ampliación previstas en el proyecto aprobado, podrán ser amortizadas en
quince años. Las inversiones en el equipamiento podrán ser amortizadas en
cinco años.
Los beneficios previstos en los numerales precedentes serán aplicables
exclusivamente a las inversiones realizadas entre el 1 de mayo de 2003 y
el 31 de diciembre de 2005.
A los efectos del control y seguimiento, la empresa CLUB DEL LAGO HOTEL
S.A. deberá informar anualmente, ante la Comisión de Aplicación y en
forma simultánea ante el Ministerio de Turismo, respecto de la
implantación del proyecto durante los años de implementación física del
mismo y durante los años 1 a 10, sobre la ejecución y cumplimiento de las
metas del proyecto, así como del uso de los beneficios promocionales
otorgados según esta Resolución.
Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación y
funcionamiento del presente proyecto, así como a los objetivos respecto
al proyecto presentado. Su incumplimiento podrá, cuando a ello hubiere
mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la revocación de
la declaratoria promocional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº
16.906 en su artículo 14º y el artículo 13º del Decreto Ley Nº 14.178 de
28 de marzo de 1974 y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan sin perjuicio de la reliquidación de tributos, multas y
recargos que puedan corresponder en caso de verificarse el
incumplimiento.
Comuníquese a la Comisión de Aplicación, creada por la Ley Nº 16.906 de
7 de enero de 1998. Cumplido, vuelva al Ministerio de Turismo.
BATLLE, JUAN BORDABERRY, ISAAC ALFIE.
CLUB DEL LAGO S.A.
EQUIPAMIENTO PLAZA
CANTIDAD
25 Cerraduras electrónicas c/tarjetas
40 Cortinas de Voile y blackout
25 Cofre fort
8 Equipos de aspiración central
2 Lustraenceradoras
4 Planchas de mano
3 Cortadoras de cesped
3 Bordeadoras
40 Veladoras
2 Lavavajillas
2 Cocinas
1 Armario frigorífico
1 Freidora de 2 bocas
1 Fry Top (plancha)
1 Mesa entrada lavavajillas
2 Carro de cestas
2 Estanterías de cámaras
2 Cámaras de frío
2 Salamandra
3 Carro de platos fríos
2 Máquina de hielo
3 Bajo mostrador
1 Horno convector
1 Base de horno
2 Cocina 4 fuegos
2 Molino de café
2 Máquina de café
2 Calienta platos
45 Cubetas
35 Parlantes
35 Aparatos telefónicos
20 Cámaras para circuito cerrado
EQUIPAMIENTO IMPORTADO
CANTIDAD
80 Camas con respaldo plaza y media
80 Mesas de luz
40 Mueble cómoda escritorio frigobar
40 Portavalijas
40 Mesas redondas
80 Butacones
40 Marco con espejos
40 Banquetas
80 Colchones de resortes
40 Secador fijo de baño
15 Fan-coils
3 Lavarropa industrial
3 Centrifugadora
3 Secadoras
1 Planchones
17 Cerraduras electrónicas c/tarjetas
17 Cofre fort
OBRA CIVIL IMPORTADA
Cerámicas
Mármoles
Herrajes
Grifería
Aparatos sanitarios
Vidrios y espejos
Artefactos luminicos
Durlock
Aire acondicionado
Ascensores
Bañeras
Bañeras c/ yacussi
Accesorios de baño
Moquette