Fecha de Publicación: 17/08/2000
Página: 299-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 842/000

Extiéndese por el plazo que se determina el beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a trabajadores de
URUGUAY ESPAÑA ORGANIZACION MUTUALISTA DE SERVICIOS MEDICOS.
(1.626)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                           Montevideo, 9 de agosto de 2000

VISTO: La solicitud de la COMISION LIQUIDADORA DE URUGUAY ESPAÑA,
ORGANIZACION MUTUALISTA DE SERVICIOS MEDICOS, a fin de que se extienda el
beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión
Social, a ciento cuarenta y siete (147), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que en virtud de la situación deficitaria de la IAMC, se
ha dispuesto la liquidación de la misma y el envío al Seguro por
Desempleo a sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no es posible el reingreso a la actividad de los
mismos.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir el posible reingreso a la actividad
del personal afectado.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Extiéndase por el plazo de 90 (noventa), días a contar desde los
respectivos vencimientos, el beneficio del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a ciento cuarenta y siete (147),
trabajadores de URUGUAY ESPAÑA ORGANIZACION MUTUALISTA DE SERVICIOS
MEDICOS que se encuentren en condiciones legales de acceder a la misma.

BATLLE, ALVARO ALONSO.


Recibido por D. O. el 14 de Agosto de 2000
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