Fecha de Publicación: 17/08/2000
Página: 299-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

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 El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, será igual a
la establecida en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de
agosto de 1981
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