Fecha de Publicación: 09/07/2003
Página: 59-A
Carilla: 25

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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 Establécese que una vez instalada la planta emisora en la nueva 
ubicación, deberá informar tal extremo a la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones (URSEC), con el fin de proceder a la 
inspección técnica habilitante.-
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