Resolución 89/008
Autorízase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland a contratar directamente con la firma Wavefield Inseis ASA, la
adquisición y procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D en costa afuera de
la República Oriental del Uruguay, así como la interpretación de 9500 km.
(7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D, bajo la modalidad de sísmica
multicliente.
(403*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 18 de Febrero de 2008
VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland, en la que solicita la autorización para
la contratación directa con la firma Wavefield Inseis ASA para la
adquisición y procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D en costa afuera de
la República Oriental del Uruguay, así como la interpretación de 9500 km.
(7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D;
RESULTANDO: I) que en el marco de lo dispuesto por Decreto del Poder
Ejecutivo del 4 de mayo del 2007, la empresa Wavefield - Inseis ASA
completó el relevamiento de los 7.000 km. de los perfiles sísmicos,
gravimétricos y magnetométricos para lograr la información geofísica de
carácter regional programada;
II) que es conveniente complementar los datos actualmente disponibles con
una sísmica 2D de semidetalle, para lo cual resulta conveniente realizar
un relevamiento y procesamiento de 2500 km. en la plataforma continental
Uruguay, así proceder a una interpretación integrada de los 7000 km.
referidos en el numeral anterior, junto con los 2500 km. que vienen de
referirse;
CONSIDERANDO: I) que conforme lo dispuesto en los Decretos Leyes Nº 14.181
y 15.242 compete al Poder Ejecutivo la definición de la política relativa
a fuentes de energía y especialmente lo relativo al mejor aprovechamiento
de los recursos provenientes de los depósitos de hidrocarburos;
II) que de acuerdo con la normativa citada, la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland es el Ente competente para ejecutar todas
las actividades, negocios y operaciones de la industria de hidrocarburos,
no obstante lo cual le compete al Poder Ejecutivo el otorgamiento de la
autorización para una contratación directa en esta materia;
ATENTO: a lo dispuesto en el art. 5 de la Ley Nº 14.181 y artículos 66 y
siguientes de la Ley Nº 15.242 y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Autorizar a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland a contratar directamente con la firma Wavefield Inseis ASA la
adquisición y procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D en costa afuera de
la República Oriental del Uruguay, así como la interpretación de 9500 km.
(7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D, bajo la modalidad de sísmica
multicliente.
Comuníquese, publíquese y pase a la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Portland.
Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la República; JORGE LEPRA.
CONTRATO MULTICLIENTE EXCLUSIVO
entre la
ADMINISTRACION NACIONAL DE
COMBUSTIBLES, ALCOHOL Y PORTLAND (ANCAP)
y
WAVEFIELD INSEIS ASA (WFI)
Relacionado con un
RELEVAMIENTO SISMICO 2D DE SEMIDETALLE MULTICLIENTE
"LONG OFFSET" COSTAFUERA URUGUAY
Montevideo, ___ de ___ de 2008, por una Parte: la Administración Nacional
de Combustibles, Alcohol y Portland (que en adelante se llamará "ANCAP")
una empresa del dominio industrial y comercial del Estado, con domicilio
en Paysandú s/n esquina Avenida del Libertador Brigadier General Lavalleja
y por otra Parte: Wavefield Inseis ASA (que en adelante se llamará "WFI")
una sociedad anónima constituida/registrada en Noruega, con oficina
registrada en Strandveien 15, P.O. Box 123, N-1325 Lysaker, Noruega, que
en adelante en conjunto se llamarán las "Partes", y en forma individual
"Parte", celebran el presente contrato exclusivo:
1. OTORGAMIENTO DE DERECHOS
1.1 ANCAP acuerda otorgar a WFI el derecho exclusivo durante un período de
doce meses a partir de la fecha de la firma de este contrato, para llevar
a cabo la adquisición de 2.500 kilómetros, aproximadamente, de sísmica 2D
"long offset", multicliente, procesamiento, reprocesamiento e
interpretación (que en adelante se llamarán el "Relevamiento" o "Proyecto
de Relevamiento" y que se han definido en los Apéndices adjuntos a este
Contrato que forman parte del mismo) en las Areas de Relevamiento, y el
derecho exclusivo durante un período de seis años luego de la terminación
del Relevamiento (que en adelante se llamará el "Período de
Exclusividad"), para promover y licenciar los datos obtenidos del
Relevamiento (que en adelante se llamarán los "Datos del Relevamiento").
1.2 El Relevamiento podrá dividirse en una o más fases (que en adelante se
llamarán la "Fase" o las "Fases"). Cada Fase se considerará como un
proyecto separado para la adquisición y el procesamiento de los Datos del
Relevamiento y los términos y condiciones específicos aplicables a cada
Fase se definirán en el Apéndice correspondiente (que en adelante se
llamará(n) el "Apéndice" o los "Apéndices").
1.3 Excepto que se establezca en forma expresa lo contrario en el presente
Contrato, si existiera un conflicto entre las disposiciones del cuerpo de
este Contrato y uno de los Apéndices, prevalecerán las disposiciones del
cuerpo del presente Contrato.
1.4 Los parámetros de cada Fase de Relevamiento se definirán en los
Apéndices adjuntos a este Contrato que forman parte del mismo.
1.5 ANCAP acuerda que durante un período de 12 (doce) meses, a contar
desde la firma del presente Contrato, no celebrará ningún contrato con
tercera parte con el objeto de llevar a cabo Relevamientos sísmicos 2D
marinos multicliente en las Area del Relevamiento.
2. DURACION DEL CONTRATO
El Contrato tendrá una vigencia de 12 (doce) meses a partir de la fecha de
la firma del Contrato y respecto del mercadeo de los Datos del
Revantamiento por un período de 6 (seis) años luego de terminados la
adquisición, el procesamiento de la última fase del Levantamiento y la
interpretación ("Período de Exclusividad").
En el caso que el objeto acordados en el presente Contrato al momento en
que el período inicial de 12 (doce) meses se hubiese vencido, sin haberse
cumplido con el mismo, o no se haya dado inicio a un Relevamiento, el
presente Contrato caducará.
Sin embargo, aún cuando los términos acordados en este Contrato no se
hayan cumplido y no se haya iniciado un Relevamiento, el Contrato podrá
ampliarse o extenderse mediante acuerdo mutuo entre las Partes.
3. COSTO TOTAL ESTIMADO DEL (DE LOS) RELEVANTAMIENTO(S)
Los costos estimados del Relevamiento individual incluyendo la totalidad
de los costos de la adquisición, control de calidad (QC), procesamiento,
interpretación, mercadeo de los datos y la preparación de un informe de
interpretación (que en adelante se llamará el "Costo Total Estimado") se
definirán en los Apéndices de este Contrato.
4. COSTO TOTAL DEL (DE LOS) RELEVANTAMIENTO(S)
4.1 El costo estimado del levantamiento de 2.500 km. de sísmica, está
basado en las tarifas unitarias presentadas en la propuesta que se agrega
como Anexo C del Apéndice 1.
5. TAMAÑO DEL RELEVAMIENTO
WFI y ANCAP acordarán mutuamente el tamaño y la ubicación de cada
Relevamiento, y en el Apéndice del presente Contrato, Anexo Bse incluirán
un mapa, una lista de líneas y coordenadas, junto con los estimativos del
tamaño total del relevamiento.
6. INFORME DE INTERPRETACION
Se realizará un informe integrado de interpretación geológica y geofísica
(que en adelante se llamará "El Informe") que comprenderá los datos
relevados por WFI de 7000 km. de perfiles sísmicos, en el marco del
Contrato suscrito con ANCAP con fecha 29 de mayo de 2007 conjuntamente con
los datos del Relevamiento resultantes de este Contrato. El Informe se
prepararán en cooperación cercana con ANCAP, y ANCAP recibirá una copia
del informe tan pronto sea generado.
7. VENTA DE LOS DATOS DEL RELEVAMIENTO
7.1 WFI tendrá el derecho exclusivo para mercadear y vender bajo licencia
los Datos del Relevamiento y El Informe a terceras personas de la
industria internacional del petróleo y el gas durante el Período de
Exclusividad.
7.2 WFI entregará a ANCAP una copia de cada factura que WFI le envié a sus
clientes. ANCAP tendrá el derecho de auditar las ventas facturadas de los
Datos de Relevamiento y de El Informe.
8. TITULO Y PROPIEDAD LEGAL DE LOS DATOS FINALES DEL RELEVAMIENTO
8.1 ANCAP mantendrá el título y la propiedad legal de los Datos del
Relevamiento así como de El Informe, adquiridos en el Area de
Relevamiento.
8.2 Sin perjuicio del derecho exclusivo otorgado por ANCAP a WFI para la
promoción y licenciamiento de los datos obtenidos, ANCAP recibirá, sin
costo, una licencia completa de todos los Datos del Relevamiento y de El
Informe. Pudiendo ANCAP emplear dicha información exclusivamente para uso
propio, ya sea directamente o a través de contratistas o subcontratistas
bajo acuerdo de confidencialidad.
8.3 Previo acuerdo con WFI, se permitirá a ANCAP presentar los Datos a las
empresas interesadas con el fin de promover la inversión en exploración y
producción en tierra y costa afuera en Uruguay incluida en cualesquiera
ronda de licenciamiento que puedan realizarse. Adicionalmente, ANCAP podrá
poner a disposición cantidades limitadas de ejemplos de datos (con fines
de promoción) a terceras partes o al dominio público, luego de
consentimiento por parte de WFI.
9. PARTICIPACION DE RENDIMIENTOS/INGRESOS Y PAGO
ANCAP recibirá una participación de los rendimientos producto de la venta
bajo licencia de los Datos del Relevamiento y El Informe. La participación
de ANCAP del ingreso bruto estará definida en el Apéndice correspondiente
a cada Relevamiento y se mantendrá fijo y firme durante la duración del
Período de Exclusividad, al menos que se acuerde lo contrario entre las
Partes, WFI recuperará los costos según se define en el Apéndice
relacionado con cada Relevamiento.
10. HSE (SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE)
WFI se siente orgulloso de sus políticas de Salud, Seguridad y Medio
Ambiente (HSE) y realizará todas las actividades marinas de acuerdo con
normas de la industria internacionalmente aceptadas, respetando la fauna y
la flora y las actividades comerciales dentro del territorio marítimo de
Uruguay. Se consultarán todos los organismos gubernamentales pertinentes
antes de dar inicio a las actividades marítimas. ANCAP asistirá a WFI en
sus contactos con el Gobierno de Uruguay, sin embargo será responsabilidad
de WFI el familiarizarse con las regulaciones concernientes a los
territorios marítimos de Uruguay. Si le fuera solicitado, WFI asistirá y
aconsejará a las autoridades en relación con temas de Salud, Seguridad y
Medio Ambiente (HSE) relevantes acerca de las operaciones marinas.
11. LEY JURISDICCIONAL APLICABLE
11.1 El presente Contrato se regirá, interpretará y tendrá efecto de
acuerdo con las leyes de la República Oriental del Uruguay.
Las Partes solucionarán de buena fe, por medio de la consulta mutua, toda
cuestión o disputa que surja de o con relación al Contrato y tratarán de
llegar a un acuerdo satisfactorio sobre dichas cuestiones o disputas. Las
divergencias que puedan suscitarse y que no pudieran resolverse entre las
Partes, serán sometidas a los Tribunales de la República Oriental del
Uruguay con Sede en la ciudad de Montevideo, con renuncia expresa a
cualquier otra jurisdicción.
No obstante lo dispuesto precedentemente, cualquiera de las Partes, podrá
exigir que se sometan a arbitraje las divergencias relativas a las
cuestiones técnicas y/o económicas, que se produzcan durante la vigencia
de este Contrato, según los procedimientos establecidos a continuación.
11.2 Arbitraje técnico - económico
Cualquier desacuerdo que surja entre ANCAP y WFI sobre asuntos técnicos
y/o económicos surgidos de la aplicación del contrato que no puedan ser
resueltos amistosamente entre las Partes, será sometido por cualquiera de
ellas a arbitraje sin perjuicio de recurrir a la vía judicial cuando
corresponda. Unicamente los asuntos Jurídicos no podrán ser objeto de
arbitrajes y se someterán a los Tribunales y Jueces de la República
Oriental del Uruguay, de acuerdo al numeral 11.1.
El arbitraje tendrá lugar en la ciudad de Montevideo y se regirá de
acuerdo con el Código General del Proceso, en todo aquello que no
contradiga al Contrato.
Las Partes acuerdan que el Tribunal Arbitral estará compuesto por tres
árbitros, salvo que de común acuerdo se decida la designación de un solo
árbitro. En el caso de tener que nombrarse un solo árbitro, si las Partes
no se ponen de acuerdo sobre el nombramiento, éste será designado por el
Juez competente.
En el caso de nombramiento de tres árbitros, cada Parte designará uno y
los dos nombrados designarán al tercero. Si una de las Partes no designara
árbitro o si los dos nombrados no lograran ponerse de acuerdo para
designar el tercero, el nombramiento será realizado por el Juez
competente. Los nombramientos de árbitro por las Partes o por los árbitros
designados deberán hacerse respectivamente, dentro de los 30 (treinta)
días calendarios de haber dispuesto alguna de las Partes someter el asunto
a juicio arbitral o, de designados los árbitros de cada una de las Partes.
El tercer árbitro no podrá ser ciudadano ni residente de un país que tenga
interés económico en la actividad petrolera de cualquiera de las Partes.
Las Partes pondrán a disposición del Tribunal de Arbitraje todas las
facilidades, con el fin de obtener cualquier información solicitada para
la resolución del desacuerdo. La ausencia o falta de comparecencia de
cualquiera de las Partes a los procedimientos no podrá impedir ni
obstaculizar el arbitraje en ninguna de sus etapas.
No será necesario suspender las operaciones o actividades que dieron lugar
al arbitraje, mientras esté pendiente la decisión del Tribunal Arbitral,
salvo que ello perjudicase el desarrollo del juicio arbitral o tuviera
incidencia en los hechos o circunstancias que motivaron el arbitraje.
Las disposiciones de este Contrato con respecto al arbitraje continuarán
en vigencia, no obstante su terminación, si a su vencimiento hubiere
cuestiones pendientes de arbitraje o que corresponda someter al mismo.
Los gastos incurridos en el arbitraje serán de cargo de la Parte que así
lo resuelva el Tribunal de Arbitraje en su laudo.
12. IMPUESTOS
Cada una de las Partes pagará únicamente los impuestos, derechos,
gravámenes, contribuciones e imposiciones impuestos que establezcan los
gobiernos o cualesquiera agencias o autoridades de sus respectivos países,
junto con los intereses o multas, incluyendo, pero sin limitarse a ello,
todos los impuestos a la renta, impuestos a la propiedad, impuestos por
ganancia de capital, impuestos sobre ingresos brutos o sobre las ventas,
impuestos de retención incluyendo las contribuciones a la seguridad social
y el impuesto a la capacitación vocacional y otros cargos incidentales al
empleo o el uso del personal.
13. NOTIFICACIONES/AVISOS
13.1 Todas las notificaciones bajo el presente Contrato se harán por
escrito y se entregarán mediante correo con acuse de recibo, entrega a
mano o enviadas por fax a las direcciones que las Partes señalen
periódicamente por escrito. En ausencia de aviso contrario, las
notificaciones se entregarán en las siguientes direcciones:
ANCAP:
Attn.: Ingeniero Daniel Martínez Villamil
Dirección: Paysandú s/n y Avda. Libertador Brig. Gral. Lavalleja.
Uruguay
Tel +5982 1931
Fax +5982 9021136
Wavefield-Inseis ASA
Attn.: Jan B. Gateman
Dirección: Strandveien 15
P.O. Box 123, N-1325 Lysaker
Norway
Tel. +47 67 83 84 00
Fax +47 67 82 84 01
13.2 Las notificaciones enviadas por correo con acuse de recibo se
considerarán recibidas el día hábil siguiente al recibo, siempre que la
notificación sea reconocida como recibida en forma completamente legible
por el receptor.
13.3 Las notificaciones hechas vía fax se considerarán recibidas el día
hábil siguiente, siempre que se reciba una confirmación del mensaje.
13.4 Las comunicaciones de Operación podrán ser entregadas
electrónicamente.
14. Sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder,
ANCAP podrá cancelar el presente Contrato en casos en los que exista
evidencia de que:
a) WFI o su agente han ofrecido o entregado a cualquier persona
cualquier regalo o consideración de cualquier clase como aliciente o
recompensa por llevar a cabo o abstenerse de, o por haber hecho o dejado
de hacer, cualquier acción en relación con la obtención o la ejecución del
Contrato;
b) WFI o su agente han demostrado favorecer o desfavorecer a
cualquier persona en relación con el Contrato;
c) WFI o su agente, respecto de cualquier contrato Gubernamental
han cometido una ofensa o delito bajo el Acta de Prevención de la
Corrupción, Capítulo 144 o bajo cualquier Acta que lo reemplace.
WFI será responsable por cualquier pérdida o daño que resulten de
dicha cancelación.
15. ACUERDO TOTAL
El presente Contrato junto con los Apéndices contiene el Acuerdo Total
entre las Partes y sustituye cualesquiera acuerdos anteriores,
compromisos, convenios o manifestaciones orales, escritas o de otra forma.
Ningún cambio, alteración o modificación a este Contrato será efectivo al
menos que se haga por escrito y esté firmado por las Partes.
Y para constancia suscriben dos ejemplares de un mismo tenor el ___ de
___ de 2008.
POR ANCAP
NOMBRE :
CARGO :
FIRMA :
FECHA :
POR WAVEFIELD INSEIS ASA
NOMBRE:
CARGO :
FIRMA :
FECHA :
Apéndice 1
Contrato Multicliente Exclusivo entre
la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP)
y
Wavefield Inseis ASA (WFI)
CONTENIDO
1. Anexo A: CONDICIONES GENERALES, COMERCIALES Y TECNICAS
2. Anexo B: PROGRAMA DE RELEVAMIENTO (MAPA Y LISTA DE LINEAS)
3. Anexo C: PROPUESTA DE WFI CON TARIFAS Y COSTOS ESTIMADOS
4. ANEXO D: PARAMETROS TECNICOS
5. Anexo D: SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD
6. Anexo E: SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE
7. Anexo F: POLITICAS
ANEXO A.
CONDICIONES GENERALES, COMERCIALES Y TECNICAS
PARA
LA SISMICA 2D DE SEMIDETALLE MULTICLIENTE COSTA AFUERA
URUGUAY
CONDICIONES GENERALES
Artículo 1 - OBJETO
ANCAP, con la previa autorización del Poder Ejecutivo le otorga a WFI un
Contrato exclusivo para realizar un Proyecto Multicliente, del cual el
presente Apéndice forma parte, con el objetivo de recolectar datos
geofísicos de semidetalle costa afuera en Uruguay y adicionalmente para
comerciar/mercadear y dar en licencia el uso de los datos geofísicos
obtenidos a terceras partes, con los siguientes objetivos:
Aumentar el interés de compañías petroleras en el área offshore del
Uruguay a través del ofrecimiento de mayor información que posibilite
una evaluación más ajustada de la misma y así potenciar la
posibilidad para concretar contratos de exploración - producción con
ANCAP.
Que ANCAP disponga de datos geofísicos actualizados, para con ellos
completar la evaluación del potencial del área, posibilitando, un
mejor análisis de las propuestas recibidas de compañías petroleras.
El Apéndice 1 al Contrato ha sido preparado para permitir que el
Relevamiento sea registrado por WFI para ANCAP bajo los términos y
condiciones generales descritas en el Contrato y los términos y
condiciones especiales señalados en el presente documento.
Artículo 2 - PERIODO Y VALIDEZ
Los términos y condiciones descritos en el Apéndice 1 serán válidos y
estarán vigentes de conformidad con lo establecido en la cláusula 2 del
Contrato.
Artículo 3 - PROYECTO DE RELEVAMIENTO
La adquisición y el procesamiento de datos geofísicos se llevarán a cabo
de acuerdo con altos estándares técnicos de la industria. WFI mantendrá
informada a ANCAP sobre el progreso de cada una de las fases del Proyecto
de Relevamiento mediante informes semanales durante su ejecución.
El Programa total de Relevamiento de la Fase 1 compromete aproximadamente
2.500 km. de cubrimiento full fold de líneas sísmicas 2D según se describe
en el Programa de Relevamiento (Anexo B).
En el caso de tiempo de demora ("standby") debido al clima que exceda las
estimaciones habituales en este tipo de contratación, WFI y ANCAP de común
acuerdo tienen el derecho de suspender el relevamiento de datos, dando de
este modo por terminada la Fase 1. Los datos restantes a ser adquiridos
posteriormente constituirán la Fase 2.
Artículo 4 - PARTICIPACION DE INGRESOS Y FORMA DE PAGO
ANCAP recibirá una participación de ingresos de los productos de la venta
bajo licencia de los Datos del Relevamiento y El Informe. La participación
de ANCAP del ingreso bruto se mantendrá fija y firme durante toda la
duración del Período de Exclusividad, al menos que ANCAP y WFI acuerden
mutuamente lo contrario:
1. El costo del Relevamiento será estimado de acuerdo con la propuesta
económica presentada por WFI con fecha 25 de Enero de 2008 que se
acompaña como Anexo C.
2. ANCAP participará en la inversión de la adquisición geofísica y el
procesamiento de 2500 km. de sísmica 2D, la interpretación de 9500 km.
(7000 km. más 2500 km.) de sísmica 2D; y en la movilización y
desmovilización del barco, con la suma máxima de USD 2.080.375 (dos
millones ochenta mil trescientos setenta y cinco dólares de los Estados
Unidos de América), que representa el 55% del presupuesto inicial
basado en los datos anteriormente referidos y un supuesto de 250 horas
de stand by, según los costos cotizados en el Anexo C monto que se
llamará "A".
3. Luego de terminado el Relevamiento, las Partes conocerán el costo
final del Relevamiento y la diferencia entre el costo total y "A" la
pagará WFI y se llamará "B". ANCAP pagará la suma "A", según las
condiciones establecidas en el numeral 5 del presente artículo.
4. El ingreso por el licenciamiento de los datos se distribuirá de la
siguiente forma:
a. 10% para WFI por concepto de derechos de comercialización.
b. WFI recuperará la suma "B" de las primeras ventas.
c. Una vez que WFI ha recuperado su inversión, la siguiente será la
distribución del remanente 90% de las ventas:
Costo total = CT = A+B,
A/CT=X%,
B/CT=Y%,
Donde X% es la proporción que corresponde a ANCAP e Y% es la proporción
que corresponde a WFI.
La comisión de mercadeo (punto a) se excluye de este cálculo.
La distribución del ingreso será efectiva durante los 10 (diez) días
siguientes al pago efectuado por el cliente y será depositada en la cuenta
autorizada por ANCAP.
5. La forma de pago de la participación de ANCAP (numeral 2 del
presente artículo) será contra facturación mensual liquidada en el
último día hábil de cada mes basados en la producción mensual
(adquisición y/o procesamiento y/o interpretación de datos) y en las
tarifas unitarias contenidas en el Anexo C ajustada al porcentaje de
participación de ANCAP (55%), pagadera dentro de los 30 días siguientes
de recibida la factura.
En ningún caso el total de dichos pagos superará la suma de U$S 2:080.375
(dos millones ochenta mil trescientos setenta y cinco dólares de los
Estados Unidos de América).
Artículo 5 - PREPARACION DEL PROYECTO DE RELEVAMIENTO Y ASISTENCIA
ANCAP acepta prestar asistencia para la obtención de los permisos y
autorizaciones necesarios para que WFI o sus Asociados traigan a Uruguay
su personal y equipos libres de impuestos de aduana. Podrá solicitarse
también a ANCAP que preste su colaboración a WFI de manera que puedan
rápida y eficientemente despachar los documentos de campo y las Cintas
magnéticas hacia los centros de procesamiento o interpretación. WFI
cumplirá con las condiciones de todos los permisos y autorizaciones y con
todas las reglas, regulaciones y prácticas comunes en uso en Uruguay. Es
responsabilidad de WFI familiarizarse con todas las regulaciones relativas
a los territorios marítimos de Uruguay.
ANCAP acepta entregar a WFI los datos disponibles con el fin de planear y
apoyar el trabajo realizado para el Proyecto de Relevamiento de buena fe
de forma que se evite la duplicación de datos geofísicos ya existentes.
Artículo 6 - CAPACITACION
La oportunidad de capacitación se considerará parte integral de todas las
etapas del Proyecto de Relevamiento.
6.1 Fase de Adquisición
ANCAP asignará una persona para permanecer a bordo del barco sísmico
durante la fase de adquisición del Proyecto de Relevamiento con el fin de
que ellos mejoren su conocimiento y experiencia relacionados con esta fase
del Proyecto de Relevamiento.
Los costos relacionados con la capacitación actual a bordo los pagará WFI,
mientras que todos los costos de viaje para quien recibe capacitación los
cubrirá ANCAP.
6.2 Fase de Procesamiento e Interpretación
Durante la fase de procesamiento e interpretación del Proyecto de
Relevamiento se capacitará una persona de ANCAP. El costo relacionado con
la capacitación en tierra lo cubrirá WFI, mientras que la totalidad de los
costos de viaje, alojamiento y alimentación de quienes reciben la
capacitación los cubrirá ANCAP.
Artículo 7 - CONFIDENCIALIDAD DE DATOS ENTREGADOS POR ANCAP
La información, los materiales y los datos suministrados por ANCAP para el
Proyecto de Relevamiento recibirán tratamiento de "Datos de Propiedad" de
naturaleza confidencial con el único fin de generar los resultados del
Proyecto de Relevamiento. WFI dará a dichos Datos de Propiedad, un
tratamiento con el mayor cuidado. Dicha confidencialidad se prolongará más
allá del término de este Contrato.
Si este Contrato fuera cancelado por cualquier motivo, los Datos de
Propiedad, así como cualquier materiales entregados por ANCAP a WFI serán
inmediatamente devueltos a ANCAP y la información, las evaluaciones, la
conclusión y demás, obtenidos de dichos materiales, seguirán siendo
confidenciales.
Artículo 8 - TERMINOS Y PRECIOS PARA EL LICENCIAMIENTO DE DATOS
Los siguientes precios los sugiere WFI pero pueden ser cambiados por mutuo
acuerdo con ANCAP en cualquier momento.
El precio de licenciar los Datos del Relevamiento a las compañías
petroleras no excederá los precios señalados más adelante al menos que
ANCAP y WFI acuerden lo contrario mutuamente. Pueden otorgarse descuentos
a las compañías petroleras en bases de compañía por compañía y a los
Participantes Tempranos (Primeros Participantes).
1. PRECIOS INICIALES DE LICENCIAMIENTO DE DATOS SISMICOS PARA CADA
RELEVAMIENTO
* Precio compañía única si licencia más del 50% del Relevamiento
* USD 300 por km.
* Precio compañía única si licencia 25% - 50% del Relevamiento
* USD 350 por km.
* Precio compañía única si licencia menos del 25% del Relevamiento
* USD 400 por km.
Artículo 9 - RONDA DE OFERTAS. ANCAP realizará sus mejores esfuerzos a los
efectos de gestionar ante Poder Ejecutivo de la República Oriental del
Uruguay, la aprobación de la realización de una ronda de ofertas para la
adjudicación de bloques para la prospección, exploración y producción de
hidrocarburos, a llevarse a cabo una vez cumplido el objeto de este
contrato, pero no más allá del primero de julio de 2009.
Artículo 10 - FUERZA MAYOR
Ni ANCAP ni WFI serán considerados en incumplimiento de sus obligaciones
bajo el presente documento cuando el cumplimiento de las mismas se
encuentre demorado o no sea posible debido a razones que están fuera del
control de ANCAP y/o WFI (incluyendo condiciones climáticas adversas) y
todos los límites de tiempo a los que hace referencia este documento se
ampliarán en un período correspondiente a tales demoras. Sin embargo, el
derecho exclusivo a registrar el Relevamiento durante un período de 12
meses a partir de la fecha de la firma del Contrato, sólo se ampliará por
un máximo de hasta 18 meses en caso de Fuerza Mayor.
Artículo 11 - BARCO SISMICO Y EQUIPO
WFI garantizará que la embarcación escogida para llevar a cabo las
operaciones es la apropiada para el criterio de ambiente físico que se
establecerá para el área de operaciones y para la temporada de operación.
WFI garantizará que la embarcación sísmica posee los certificados
marítimos válidos y una clasificación reconocida.
WFI garantizará que la embarcación sísmica está equipada con equipo
salvavidas y accesorios adecuados en su capacidad para el número de
personas a bordo y para el área y el momento de las operaciones.
Si fuera aplicable, la plataforma o instalación para helicópteros que
forma parte del barco sísmico estará conforme con los requerimientos de
los estándares de la aviación de la industria.
Artículo 12 - OPERACIONES
Es responsabilidad general de WFI garantizar que las operaciones se lleven
a cabo de acuerdo con los planes aprobados y estándares aplicables de
seguridad y ambientales.
Los cambios sustanciales de los planes aprobados están sujetos a la
aprobación previa de ANCAP.
Las operaciones deberán llevarse a cabo teniendo el debido cuidado con lo
siguiente:
* Las actividades se llevarán a cabo de manera segura y debida y
teniendo en cuenta las condiciones actuales.
* El trabajo no expondrá a otras personas o propiedades de terceras
partes a peligros, y no se evitarán ni impedirán innecesariamente otras
partes, la pesca u otras actividades.
WFI garantizará que:
* Cualquier operación necesaria para la seguridad del personal
empleado tiene en todo momento prioridad sobre cualquier otra
operación.
* El personal se encuentra capacitado y está en capacidad de operar el
equipo respecto de todas las operaciones.
WFI notificará a ANCAP una vez que el barco sísmico ingrese en aguas de
Uruguay.
La navegación cumplirá con los requerimientos de la industria y de las
operaciones marinas fuera de las costas uruguayas.
Artículo 13 - OPERACIONES DE APOYO
WFI hará los arreglos:
* Para que un médico calificado se encuentre disponible en cualquier
momento para consulta, o para ser transportado a la embarcación en todo
momento.
* Para que cualquier persona lesionada pueda ser transportada en todo
momento desde el barco hacia un hospital.
WFI garantizará que el equipo de comunicaciones en el barco:
* Sea monitoreado en bases de 24 horas.
* Monitoreará todas las comunicaciones marinas y aéreas respecto del
movimiento de cualquier nave de apoyo o helicóptero entre el barco
sísmico y la costa.
Artículo 14 - ENTREGA DE DATOS
Luego de terminada la Fase de Procesamiento, WFI preparará y entregará a
ANCAP los siguientes datos dentro de los siete días siguientes a que los
datos estén disponibles:
2 x Adquisición, Reportes de Procesamiento
1 x Cinta de Navegación (UKOOA P1/90)
1 x Cinta de Velocidad (ESSO V2)
1 x Exabyte SEGY Copia de los Datos Sísmicos procesados
Luego de terminada la Fase de Interpretación WFI preparará y entregará a
ANCAP 2 copias de El Informe.
Artículo 15 - REPORTES/INFORMES
WFI notificará de manera inmediata a ANCAP, por medios rápidos y
prácticos, sobre cualquier situación significativa o evento significativo,
incluyendo la pérdida de vida, una persona que falta, heridas graves de
una persona, incendio, o amenaza inminente para el personal o el barco
sísmico.
WFI entregará un reporte escrito completo a ANCAP sobre la situación o el
evento tan pronto como sea posible luego de la notificación.
WFI cada sábado entregará a ANCAP, utilizando el medio más rápido y
posible, un reporte semanal que incluya lo siguiente:
(a) fecha: fecha del reporte.
(b) Resumen de las operaciones sísmicas: resumen de las operaciones
sísmicas realizadas incluyendo el número y la posición de las líneas
disparadas.
(c) Pronóstico de las operaciones sísmicas para los próximos siete
días.
(d) Ejercicios: Cualquier hombre fuera de borda y ejercicios contra
incendio de los últimos siete días.
(e) Seguridad: la última reunión de seguridad y la última inspección
de seguridad.
(f) Otros comentarios: cualesquiera eventos urgentes, significativos
o inusuales.
WFI garantizará que:
(a) Se mantenga un registro diario de todas las personas empleadas o
que visitan las operaciones.
(b) Se mantenga un registro que indique:
(i) el arribo y la salida de cualquier helicóptero y nave de
apoyo.
(ii) los detalles de cualesquiera ejercicios de emergencia.
(iii) los detalles de cualesquiera lesiones.
(c) Que se mantenga un registro comprensivo de las operaciones
sísmicas en la forma de hojas de viaje y una copia del viaje diario y
se entregue a ANCAP luego de la terminación de las operaciones
sísmicas, (cintas magnéticas de campo, o CD's, discos blandos
(floppy), o cintas de cartucho).
ANEXO B.
Mapa de Localización y lista de líneas para el Relevamiento 2D
"Long Offset" de semidetalle en Uruguay.
y
Lista de líneas del Relevamiento de semidetalle WI-Uruguay-08
Relevamiento Total: 2500 Km.
ANCAP
ANEXO B
I) PLANILLA DE UBICACION Y LONGITUD DEL PROGRAMA SISMICO DE 2008
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
II) UBICACION DE LOS POZOS
* LOBO X1: 36°17'49,60" 54°58'08,30"
* GAVIOTIN X1: 36°21'42,94" 54°39'52,99"
ESQUEMA DE UBICACION
Perfiles sísmicos 2D de Semidetalle a realizar en la cuenca de Punta del
Este
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
ANEXO C
PROPUESTA DE WFI CON ESTIMATIVO DE COSTOS
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
Montevideo, 25 de Enero de 2008
Señores:
ANCAP
Atn. Ingeniero Daniel Martínez
Presidente
E.S.M.
Referencia: Propuesta Multicliente para el relevamiento geofísico de
semidetalle en áreas marinas del Uruguay.
Apreciado Presidente,
Resultado del interés mostrado por la industria petrolera en el potencial
exploratorio del Uruguay y la evaluación preliminar de los datos
adquiridos en 2007, además consistente con Ancap, respecto al lanzamiento
en 2008 de una ronda para asignar bloques de exploración de hidrocarburos
en aguas marinas del Uruguay, Wavefield Inseis ASA tiene el gusto de
proponer una segunda fase del proyecto geofísico Multicliente en aguas
costa afuera del Uruguay según los siguientes conceptos.
Objeto:
El relevamiento, procesamiento, interpretación y mercadeo de
aproximadamente 2.500 kms. de perfil sísmico 2D de semidetalle en las
áreas cubiertas por el relevamiento regional adquirido en 2007. Los
parámetros de adquisición sísmica serán los mismos del programa de 2007 y
la localización de las nuevas líneas será "infill" de la cuenca Punta del
Este y se definirá de común acuerdo entre Ancap y Wavefield Inseis ASA.
Principios de la propuesta:
1. ANCAP ha observado un mayor interés en el potencial exploratorio de
las cuencas marinas del Uruguay y desea llevar el análisis de cuenca y
de prospectividad a niveles de mayor detalle como complemento del
relevamiento geofísico realizado en 2007. Estudios de mayor detalle
sobre las áreas prospectivas elevarán el grado de interés de la
industria petrolera en las cuencas sedimentarias costa afuera del
Uruguay.
2. Wavefield Inseis ASA reconoce un mayor interés de la industria
petrolera por los datos geofísicos del Uruguay y tiene la capacidad
para adquirir y procesar la información geofísica según el objeto de
esta propuesta.
3. Wavefield-Inseis ASA tiene amplia experiencia internacional en el
mercadeo de productos multicliente y propone prestar sus servicios a
ANCAP. De ser aceptada esta propuesta, ANCAP podrá disponer de los
datos geofísicos y además tendrá la oportunidad de recobrar su
inversión y obtener ganancias.
4. Wavefield Inseis ASA tiene a su disposición el barco sísmico
Akademik Shatskiy, que estaría comenzando operación en el Uruguay
durante el mes de Febrero de 2008. Se adjunta la ficha técnica del
barco.
5. Wavefield Inseis ASA es consciente de las ventajas operativas del
registro geofísico en tiempo del verano de 2008, por esta razón invita
a Ancap a sumar esfuerzos con el propósito de iniciar la operación en
Febrero próximo.
Términos de la propuesta Multicliente:
Basados en la conveniencia de las partes de compartir la inversión y los
ingresos por venta de las licencias de uso de los datos, nos permitimos
formular la siguiente propuesta económica para el cubrimiento de los
costos y la distribución de los ingresos, la cual es similar a los
términos del contrato de 2007.
1. Wavefield-Inseis ASA se compromete a promocionar el potencial
exploratorio derivado de los datos relevados y de licenciar los datos a
las compañías de petróleo y gas.
2. ANCAP tendrá el derecho a una Licencia completa de todos los datos.
3. Término del acuerdo: 6 años contados a partir de la finalización
del relevamiento y procesamiento.
4. Vigencia de esta propuesta: hasta el 15 de Febrero de 2008.
5. Propuesta económica:
a. Movilización y desmovilización: 1´000.000 USD.
b. Costo de registro sísmico: 610 USD/km.
c. Costo de Standby: 3.500 USD/hora, 250 horas.
d. Costo de procesamiento sísmico: 115 USD/km.
e. Costo de interpretación de 9.500 km. de datos sísmicos (integrado
con el programa de 2007): 95.000 USD.
f. *Se define el standby como en el contrato de 2007.
g. Costo total estimado: 3´782.500 USD.
h. Esta propuesta no incluye impuestos, los cuales deberán ser pagados
por cada una de las partes en su respectivo país.
6. ANCAP participaría económicamente en el proyecto con una inversión
igual o superior al 55% del costo total estimado, el cual está
expresado en el numeral anterior, esta cantidad será denominada "A" y
será siempre igual o superior a 2´080.375 USD. Ancap pagará un máximo
de 250 horas de standby.
7. Al finalizar el relevamiento y procesamiento se hará una
facturación completa de los costos, ANCAP pagará su compromiso ("A") y
la cantidad pagada por Wavefield-Inseis ASA será denominada "B".
8. Wavefield Inseis ASA será el único autorizado para comercializar
las licencias de los datos y sus informes de interpretación.
9. Los ingresos por concepto de licenciamiento de los datos serán
distribuidos así:
a. 10% de las ventas para Wavefield-Inseis ASA por concepto de
derechos de comercialización.
b. De las primeras ventas, Wavefield Inseis ASA descontará la cantidad
"B" hasta completar el recobro de la inversión.
c. Una vez que Wavefield Inseis ASA haya recobrado su inversión, la
distribución de los ingresos por licenciamiento seguirá la siguiente
formulación:
De las cantidades "A" y "B" se obtendrán los siguientes factores:
A+B =100% del Costo total= CT,
A/CT=X,
B/CT=Y
Donde X% es la proporción que le corresponde a ANCAP sobre el 90% de
las ventas y Y% es la proporción que le corresponde a Wavefield-
Inseis ASA sobre el 90% de las ventas.
Se excluye el 10% del monto total de la venta por concepto de
derechos de comercialización.
10. La distribución de los ingresos se hará efectiva durante los 15
días hábiles siguientes al depósito hecho por el cliente y el dinero
correspondiente será inmediatamente colocado en la cuenta autorizada
por ANCAP.
11. Los anteriores conceptos no incluyen impuestos, se entiende que
cada parte será responsable de ellos en su respectivo país.
12. La autoridad petrolera uruguaya se compromete a lanzar una
licitación para la asignación de áreas de exploración y producción
durante el año siguiente a la finalización del procesamiento de los
datos.
Esperamos que esta propuesta sea de su interés e igualmente ratificamos
nuestro deseo de servirles en esta fase de semidetalle que seguramente
contribuirá en el desarrollo del conocimiento geológico y del atractivo
exploratorio del Uruguay.
Pueden contar nuevamente con un equipo experimentado y a su disposición.
Agradezco ponerse en contacto conmigo en caso de que tengan alguna
pregunta o necesiten una ampliación sobre los términos expuestos.
Cordialmente,
Edgar Baquero
Vicepresidente Latinoamérica - Representante Legal
ANEXO D
INFORMACION GENERAL DEL BARCO
"AKADEMIK SHATSKIY"
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
ANEXO E
Sistema de Seguro de Calidad
Reconocemos que el Sistema de Manejo de Calidad de una compañía no puede
funcionar individualmente como una entidad separada, sino que sus procesos
deben apoyar a todos los demás sistemas de manejo/administración. WFI por
lo tanto se encuentra comprometida a desarrollar un Sistema de
Administración integrado de Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente que
sea viviente, en evolución y transparente.
Documentación adecuada para el propósito y sistemas de Informática
intuitivos son algunas de las técnicas que la organización WFI utiliza
para comunicar su Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente (QHSE) dentro
de la misma organización. Nuestro sistema de notificación QHSE se
encuentra totalmente integrado con el sistema de correo electrónico de
nuestra compañía y está completamente habilitado con la Web, permitiendo
la participación activa de clientes y subcontratistas sin la necesidad de
un software especializado.
Para que una organización mejore constantemente, su Sistema de
Administración de la Calidad debe capturar en forma confiable las
lecciones aprendidas y garantizar su utilización la próxima vez. Nuestro
portafolio de servicios es diverso, de manera que se requiere una
aproximación de Proyecto. Se adoptan las técnicas descritas en el ISO
10006 (Administración/Manejo de la Calidad - Guías a la calidad en la
administración de proyectos).
La demostración de que los sitios y las unidades conocen activamente sus
objetivos y la proporciona el "benchmarking" (colocación de cotas) en las
revisiones regulares de desempeño QHSE (Calidad, Salud, Seguridad y Medio
Ambiente). Se requiere una interfase regular y amplia de empleados con
todos los temas relevantes.
Un proceso de reporte de incidentes es el alma de cualquier sistema de
administración. Se reconoce que el tiempo es muy solicitado en el lugar de
trabajo sin embargo los reportes o informes de buena calidad son
esenciales. Excelentes reportes intuitivos facilitan el conflicto y captan
información para ser revisada. La auditoría de actos inseguros ("Tarjetas
de Observación") es otro método eficiente de registrar muchos incidentes.
En caso de incidentes graves se llevan a cabo investigaciones. Las
recomendaciones y las causas principales se capturan en la base de datos
electrónica.
Un solo incidente puede dar lugar a muchas acciones correctivas. Las
acciones correctivas pueden ser también el resultado de una auditoría
proactiva de calidad sobre los procesos. Seguirle la pista al mejoramiento
continuo mediante el manejo apropiado de los CAR's restantes se lleva a
cabo en la base de datos QHSE luego de cada trabajo remedial y revisión.
Esta metodología resalta la lógica de mantener un Sistema de
Manejo/Administración simple y combinado de Calidad, Salud, Seguridad y
Medio Ambiente (Q,H,S & E).
Otro método que conduce a un mejoramiento continuo es a través de
inspecciones. Esta técnica simple pero poderosa genera capacidad de
comprensión (que incluye) cuando se realiza a través de auditorías
funcionales en cruz, por ejemplo.
Todos los registros QHSE se mantienen dentro de la base de datos, que se
replica a lo largo de múltiples sitios para seguridad y autonomía en áreas
remotas. La publicación regular de análisis estadísticos de KPI's de
Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente claves incrementa el
conocimiento/la conciencia interno de desempeño contra objetivos de base y
contra tendencias de la industria.
Wavefield WFI utiliza auditoras internas para evaluar el perfil general
QHSE MS de cada sitio y su cumplimiento con el modelo de cotas (benchmark)
de la industria OGP. La base de datos digital QHSE genera automáticamente
pistas de auditorías completas de documentación, informes y acciones
correctivas en un formato que facilita la auditoría externa.
Reuniones de revisión de la administración se llevan a cabo en todos los
sitios, incluyendo las oficinas principales de Wavefield WFI. Sólo luego
del consenso, se hacen los cambios mayores de dirección en el QHSE MS a
Políticas, etc., de manera que el sistema de manejo/administración como un
todo continúa evolucionando.
Salud, Seguridad y Medio Ambiente
Introducción
VISION, el Sistema de Administración QHSE (Calidad, Salud, Seguridad y
Medio Ambiente) de Wavefield se basa en un modelo OGP mejorado como se
indica en su publicación "guías para el desarrollo y aplicación de
sistemas de administración de salud, seguridad y medio ambiente". Una
adición al modelo incluye el mejoramiento deliberado del perfil del manejo
del sub-contratista y su promoción a un elemento de relevancia.
"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."
Reconocemos que un Sistema de Administración de la Calidad de una compañía
no puede sostenerse como una entidad separada sino que sus procesos deben
apoyar a todos los demás sistemas administrativos. Wavefield se encuentra
por lo tanto comprometida con el desarrollo de un Sistema Administrativo
integrado de Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente viviente, en
evolución y transparente. Los elementos principales que conforman la
VISION son los siguientes:
Liderazgo y Compromiso
En sus tareas diarias, y en todos los sitios de trabajo, nuestros
administradores están comprometidos con dar a conocer a su personal el
QHSE (Calidad, Salud, Seguridad y Medio Ambiente) mediante un liderazgo
visible.
Políticas y Objetivos
Las políticas y objetivos ponen a la vanguardia nuestro Sistema de
Administración QHSE comunicando sucintamente principios de alto nivel,
guías y objetivos a todos nuestros inversionistas.
Organización y Recursos
Una clara estructura organizacional apoya la distribución ambigua de las
responsabilidades QHSE. Una documentación apropiada-para-los-propósitos y
un sistema electrónico totalmente habilitado con la Web son algunos de los
recursos que se utilizan para comunicar la QHSE dentro de su organización.
Administración del Contratista y los Proveedores
Una aproximación del Proyecto hacia el compromiso de cada sub-contratista
ha sido diseñada para minimizar la complacencia de cualquiera de las dos
partes.
Manejo/Administración del Riesgo
Técnicas formales de evaluación del riesgo, que objetivamente alistan el
juicio del personal con experiencia se utilizan para captar
sistemáticamente y clasificar los riesgos residuales de las actividades en
cada sitio de trabajo.
Planeamiento y procesos
Aún en la misma embarcación, los trabajos sucesivos nunca son los mismos.
Los planes QHSE específicos para un proyecto se crean para un resultado
controlado y se usan como fuente común de información. Los proyectos se
manejan/administran utilizando técnicas de práctica mayor adoptadas de la
norma ISO 10006 y los Estándares PMBOK.
Implementación y Monitoreo
La demostración de que los sitios y las unidades conocen activamente sus
objetivos y goles la proporciona el "benchmarking" (sistema de cotas) en
las revisiones regulares de desempeño QHSE. Se requiere una interfase
regular y amplia de empleados con todos los temas sobresalientes.
Auditoría y Revisión
Utilizamos auditorías internas para evaluar el perfil general QHSE MS de
cada sitio y su cumplimiento con el modelo OGP de "benchmark" de la
industria. La base de datos digital QHSE genera automáticamente pistas
completas de auditoría para documentación, informes y acciones correctivas
en un formato que facilita la auditoría externa.
En el corazón de VISION se encuentra una base de datos QHSE central basada
en la Web, con sincronización en tiempo real entre todos los sitios de
trabajo y en tierra, que garantiza que todos los niveles de nuestra
administración se mantienen totalmente en contacto con todas las
operaciones. Este sistema de manejo digital del QHSE es una herramienta
clave para sostener una cultura transparente de seguridad que alienta la
participación activa de todos nuestros empleados y que promueve la
responsabilidad y la consideración individuales.
El mapa de relaciones dentro del sistema nos proporciona las herramientas
administrativas QHSE y los recursos que necesitamos para operar eficiente
y seguramente nuestro negocio literalmente a nuestra disposición
inmediata. Cada empleado en cada sitio se encuentra a unos pocos "clicks
del Mouse" de la información que requieren o del conocimiento seguro de
que se encuentran pasando información crucial QHSE que será utilizada y en
la cual se basarán para actuar.
La línea del fondo es tener la capacidad para demostrar que en cada
momento de cada día de trabajo, nuestro personal y los sub-contratistas
conocen y tiene conciencia activa del QHSE. Es una estructura mental que
les ayuda a regresar sanos a sus hogares, con una mejor salud, y habiendo
desarrollado una tarea bien hecha, sin daño al medio ambiente.
El sistema VISION es un sistema electrónico basado en la web que permite
que todos los aspectos de la administración QHSE se lleven a cabo
utilizando su base de datos electrónica.
ANEXO F
Políticas
Las páginas siguientes contienen nuestras Políticas QHSE (Calidad, Salud,
Seguridad y Medio Ambiente), de Calidad y Drogas y Alcohol.
Política de Calidad
WFI se encuentra comprometida con garantizar la Calidad en todas las
Operaciones. Todos en WFI son responsables de satisfacer totalmente los
requerimientos de nuestros clientes cumpliendo con o excediendo sus
necesidades y expectativas mientras se cumplen todos los estándares y
regulaciones aplicables.
El Sistema de Calidad de WFI se basa en el modelo genérico ISO 9000 junto
con las mejores prácticas de los Estándares de Administración de
Proyectos.
WFI revisará anualmente el Sistema con el fin de garantizar:
* Que se ponga énfasis en la prevención en lugar de en la corrección
pero que en todo caso esté documentado con el objeto de promover un
mejoramiento continuo.
* Que los subcontratistas entiendan y acepten que son responsables de
la calidad en la entrega de sus servicios.
* Que se pongan a disposición capacitación y recursos apropiados con
el fin de que todos los empleados posean el conocimiento y las
capacidades para tomar la propiedad de su desempeño de Calidad y el de
la compañía.
* Que se mantenga un Sistema de Administración que exceda las
expectativas de la industria que proveerá las herramientas que permitan
demostrar en forma transparente que la compañía y sus empleados utilizan
el Sistema de Calidad.
* Que se lleven a cabo auditorías regulares e inspecciones de nuestras
propias operaciones, instalaciones y departamentos y aquellos de
nuestros sub-contratistas y proveedores.
En un Mercado cambiante, el éxito corporativo a largo plazo de WFI depende
del continuo monitoreo y evolución, que dicta que esta política se aplica
a todos los aspectos de las actividades de la compañía.
El Principal Funcionario Ejecutivo (CEO) de WFI tiene la responsabilidad
final de garantizar que los compromisos de esta política se cumplan.
Principal Gerente QHSE
Funcionario
Ejecutivo de
Wavefield WFI
Fecha Abril 3 de 2006
Política de DROGAS y ALCOHOL
WFI tiene como intención la política de tolerancia cero al abuso de las
drogas, el alcohol o las sustancias en los sitios de trabajo de la
compañía.
El transporte, posesión o consumo de alcohol, drogas no prescritas o
narcóticos en cualquiera de los sitios de trabajo de WFI se encuentran
estrictamente prohibidos.
Ningún empleado, subcontratista, agente o proveedor de WFI realizará
ninguna actividad relacionada con el trabajo mientras se encuentren bajo
el efecto del alcohol, las drogas o los narcóticos.
* Es la responsabilidad de cada persona encontrarse en condiciones
adecuadas para trabajar.
* El gerente de cada sitio de trabajo de WFI es responsable de poner
en marcha esta política y se reserve el derecho de llevar a cabo
inspección de los efectos personales sin aviso previo.
* Wavefield WFI se reserve el derecho de llevar a cabo pruebas
utilizando muestras del aliento o la orina, sin previo aviso.
* La necesidad de realizar búsquedas en los efectos personales, o
pruebas, se evaluará en la etapa de planeación de cada Proyecto,
teniendo el debido respeto por las leyes y regulaciones locales.
* Esta política no se aplica a drogas prescritas o de las que se
venden en las droguerías, cuando son utilizadas con el objetivo
prescrito. En tales casos, el gerente del sitio de trabajo será
notificado sobre la necesidad de la droga en primera instancia, con el
fin de monitorear la capacidad de la persona para llevar a cabo su
trabajo de manera segura.
* Se realizarán periódicamente campañas y programas educacionales
contra el cigarillo y el abuso de sustancias con el fin de promover la
salud y la seguridad de los empleados y sub-contratistas.
* El encubrimiento, el ignorar, o cualquier otro comportamiento pasivo
hacia una persona que abuse de las drogas, el alcohol u otras sustancias
no es aceptable.
* Cualquier persona que se niegue a cumplir con la solicitud de una
requisa o una prueba, o que de otra forma sea encontrada en violación de
esta política, será inmediatamente removida del sitio de trabajo y
quedará sujeta a acción disciplinaria, hasta e inclusive, la terminación
del contrato.
El objetivo de Wavefield WFI es el de garantizar que a todos los empleados
y subcontratistas se les impida volverse un riesgo para ellos, sus
colegas, terceras personas o su ambiente de trabajo con el abuso de
sustancias no apropiadas. Este pre-requisito, con el fin de estar
preparados para emergencias.
La presente política no se aplica al consume leve y responsable de alcohol
en reuniones de negocios o sociales patrocinadas por WFI lejos de los
sitios de trabajo.
Esta política se aplica igualmente a los empleados directos de Wavefield
WFI, al personal de terceras partes y a los sub-contratistas que se
encuentren comprometidos en cualquier trabajo a nombre de Wavefield WFI o
a cualquier persona que se encuentre presente en el sitio de trabajo de
Wavefield WFI.
Principal Gerente de
Funcionario QHSE
Ejecutivo de
Wavefield WFI